Un amigo me acerca esta iniciativa californiana que busca convertirse en un hito en materia de descriminalización de las drogas.
Luego de ser el primer estado de EEUU en donde la marihuana fue permitida para usos medicinales, California buscará aprobar en noviembre esta "proposition" que haría del cannabis un producto regulado pero legal al igual que el alcohol o el cigarrillo. Como mencionamos en un post anterior, si bien no alcanza el máximo nivel de libertad de los individuos para consumir y los productores para vender, extiende el esquema de libertades aun por encima de regímenes como el de los Cofee Shops de Amsterdam.
Los puntos principales de la proposition pueden resumirse en:
- Se permitirá a los adultos (mayores de 21 años) poseer hasta una onza (28 gramos) de cannabis.
- El gobierno estatal y local tendrá la posibilidad de taxar (no se si existe esta palabra; debería...) la venta de cannabis.
- Al igual que con el alcohol, manejar bajo los efectos de esta droga será controlado y penado.
miércoles, 28 de julio de 2010
martes, 27 de julio de 2010
Entendí la diferencia entre el juego y el azar
Estoy siguiendo el debate de The Economist sobre la legalización del juego.
Argumentos a favor y en contra coinciden en un punto: la lotería estatal es mala.
Repasemos algunos simples conceptos probabilísticos. La Esperanza Matemática es el resultado que obtendríamos a la larga si realizaramos muchas veces la misma apuesta. Si apostáramos muchas veces seguidas al negro en la ruleta, a la larga perderíamos casi 3 centavos por cada peso jugado. La esperanza de esa apuesta es exactamente -$0,027 (de hecho esa es la esperanza de CUALQUIER apuesta que hagamos en la ruleta, inluso las combinadas).
Veamos ahora qué pasa con la Lotería Nacional. El juego es muy simple. Elegís 1 número entre 100. Si adivinás ganás lo que apostaste por 70. La probabilidad de acertar es 1 en 100. Pero el premio es de 70 a 1. Parecería ser que la suerte no está de nuestro lado...(a menos que nuestro lado sea no el del azar sino el del Zar). Efectivamente la esperanza de la lotería estatal es -$0,3. A la larga perdemos 30 centavos por cada peso jugado.
Claro está que los 3 centavos que perdemos en la ruleta o los 30 de la lotería son a su vez la ganancia de la banca. Entonces, una forma de interpretarlo sería que esos 3 centavos son el precio que pagamos a la banca por jugar, al igual que le pagamos al zapatero por un par de zapatos. Pero ¿cómo explicamos entonces que el precio que cobra la lotería estatal sea 10 veces más alto que el que cobraría un casino normal? Lo que sucede aquí es que el estado se ha concedido a si mismo el poder de un monopolio.
El único motivo por el que el estado puede darse el lujo de cobrar ese precio es porque él mismo ha limitado la competencia en su negocio. ¿A qué zapatero no le gustaría prohibir la creación de más zapaterías? ¿a qué plomero no le gustaría ser el único que arregle cañerías? La realidad es que ninguno de ellos puede darse ese lujo y eso es gracias al mercado. En un mercado libre no existen prerrogativas de sangre ni títulos de nobleza. La única forma en que alguien puede convertirse en el único vendedor es ofreciendo un producto ampliamente superior en precio y calidad al de la competencia. Hasta que eso suceda (y a la larga eso pocas veces sucede) las empresas se esforzarán por superarse unas a las otras y los consumidores saldrán beneficiados de esa competencia. Nada de eso sucede en el mercado de apuestas.
¿Qué sucedería en el mercado de zapatos si existiera una sola zapatería? Probablemente el dueño zapatero cobraría a sus clientes el precio más alto posible siempre y cuando no sea tan alto como para que la gente prefiera andar por la calle descalza. Además la calidad probablemente sería sólo lo suficientemente buena como para justificar el precio que el vendedor quiere poner, en comparación con caminar descalzo. ¿Por qué debería ser distinto el caso de la lotería? De hecho, no lo es. La Lotería Nacional puede cobrar un precio diez veces superior al de un casino simplemente porque ha limitado la competencia. Se ha declarado a si mismo un monopolio. En un libre mercado nadie puede darse estos lujos. Sólo el estado, haciendo uso de su poder de coerción, puede gozar de privilegios cuasi-reales.
Quienes apoyan la prohibición del juego creen que la lotería estatal es un abuso y debería ser eliminada. Los que están a favor creen que la mejor forma de eliminar estos abusos sobre los apostadores es precisamente permitiendo que la competencia baje los precios. Ambos coinciden entonces en que el monopolio creado por el estado sobre la lotería genera un gran costo a la sociedad.
Un último punto. Algunos podrían argumentar que en este caso el monopolio está justificado ya que el dinero recaudado con la lotería es utilizado para fines justos y nobles que persigue el estado. Quizás la lotería es una forma eficiente de redistribuir recursos de ricos a pobres. Pero ¿quiénes son los principales consumidores de este producto? ¿son los ricos, los banqueros, los empresarios? ¿o son las amas de casas, los obreros, los asalariados?
Seamos por un momento optimistas. Supongamos que la lotería es consumida efectivamente por las clases altas y que son ellas las que pagan el precio monopolístico con el fin de financiar las actividades del estado. Olvidémonos de las sospechas que nos genera el destino de estos fondos. Aun en ese caso el estado generaría más beneficios a la sociedad retirándose del mercado en lugar de acaparándolo. Convirtiéndose en el único vendedor de un producto el estado no consigue simplemente reemplazar a las empresas que antes existían. Al convertirse en un monopolio puede darse el lujo de vender a un precio excesivamente alto y de ofrecer una calidad excesivamente baja. Todos estos son enormes costos que la sociedad debe soportar y es probable que los recursos obtenidos a través de la lotería estatal terminen siendo usados para sanear los daños que esta misma ha generado.
Al fin y al cabo, si los monopolios no fueran realmente malos, ¿no querríamos que el estado se convirtiera en el único zapatero del país? ¿o en el único banquero? ¿o en la única empresa de seguridad? ¿o en el único abogado?
Por ahora, aspiremos simplemente a que no sea el único croupier.
Argumentos a favor y en contra coinciden en un punto: la lotería estatal es mala.
Repasemos algunos simples conceptos probabilísticos. La Esperanza Matemática es el resultado que obtendríamos a la larga si realizaramos muchas veces la misma apuesta. Si apostáramos muchas veces seguidas al negro en la ruleta, a la larga perderíamos casi 3 centavos por cada peso jugado. La esperanza de esa apuesta es exactamente -$0,027 (de hecho esa es la esperanza de CUALQUIER apuesta que hagamos en la ruleta, inluso las combinadas).
Veamos ahora qué pasa con la Lotería Nacional. El juego es muy simple. Elegís 1 número entre 100. Si adivinás ganás lo que apostaste por 70. La probabilidad de acertar es 1 en 100. Pero el premio es de 70 a 1. Parecería ser que la suerte no está de nuestro lado...(a menos que nuestro lado sea no el del azar sino el del Zar). Efectivamente la esperanza de la lotería estatal es -$0,3. A la larga perdemos 30 centavos por cada peso jugado.
Claro está que los 3 centavos que perdemos en la ruleta o los 30 de la lotería son a su vez la ganancia de la banca. Entonces, una forma de interpretarlo sería que esos 3 centavos son el precio que pagamos a la banca por jugar, al igual que le pagamos al zapatero por un par de zapatos. Pero ¿cómo explicamos entonces que el precio que cobra la lotería estatal sea 10 veces más alto que el que cobraría un casino normal? Lo que sucede aquí es que el estado se ha concedido a si mismo el poder de un monopolio.
El único motivo por el que el estado puede darse el lujo de cobrar ese precio es porque él mismo ha limitado la competencia en su negocio. ¿A qué zapatero no le gustaría prohibir la creación de más zapaterías? ¿a qué plomero no le gustaría ser el único que arregle cañerías? La realidad es que ninguno de ellos puede darse ese lujo y eso es gracias al mercado. En un mercado libre no existen prerrogativas de sangre ni títulos de nobleza. La única forma en que alguien puede convertirse en el único vendedor es ofreciendo un producto ampliamente superior en precio y calidad al de la competencia. Hasta que eso suceda (y a la larga eso pocas veces sucede) las empresas se esforzarán por superarse unas a las otras y los consumidores saldrán beneficiados de esa competencia. Nada de eso sucede en el mercado de apuestas.
¿Qué sucedería en el mercado de zapatos si existiera una sola zapatería? Probablemente el dueño zapatero cobraría a sus clientes el precio más alto posible siempre y cuando no sea tan alto como para que la gente prefiera andar por la calle descalza. Además la calidad probablemente sería sólo lo suficientemente buena como para justificar el precio que el vendedor quiere poner, en comparación con caminar descalzo. ¿Por qué debería ser distinto el caso de la lotería? De hecho, no lo es. La Lotería Nacional puede cobrar un precio diez veces superior al de un casino simplemente porque ha limitado la competencia. Se ha declarado a si mismo un monopolio. En un libre mercado nadie puede darse estos lujos. Sólo el estado, haciendo uso de su poder de coerción, puede gozar de privilegios cuasi-reales.
Quienes apoyan la prohibición del juego creen que la lotería estatal es un abuso y debería ser eliminada. Los que están a favor creen que la mejor forma de eliminar estos abusos sobre los apostadores es precisamente permitiendo que la competencia baje los precios. Ambos coinciden entonces en que el monopolio creado por el estado sobre la lotería genera un gran costo a la sociedad.
Un último punto. Algunos podrían argumentar que en este caso el monopolio está justificado ya que el dinero recaudado con la lotería es utilizado para fines justos y nobles que persigue el estado. Quizás la lotería es una forma eficiente de redistribuir recursos de ricos a pobres. Pero ¿quiénes son los principales consumidores de este producto? ¿son los ricos, los banqueros, los empresarios? ¿o son las amas de casas, los obreros, los asalariados?
Seamos por un momento optimistas. Supongamos que la lotería es consumida efectivamente por las clases altas y que son ellas las que pagan el precio monopolístico con el fin de financiar las actividades del estado. Olvidémonos de las sospechas que nos genera el destino de estos fondos. Aun en ese caso el estado generaría más beneficios a la sociedad retirándose del mercado en lugar de acaparándolo. Convirtiéndose en el único vendedor de un producto el estado no consigue simplemente reemplazar a las empresas que antes existían. Al convertirse en un monopolio puede darse el lujo de vender a un precio excesivamente alto y de ofrecer una calidad excesivamente baja. Todos estos son enormes costos que la sociedad debe soportar y es probable que los recursos obtenidos a través de la lotería estatal terminen siendo usados para sanear los daños que esta misma ha generado.
Al fin y al cabo, si los monopolios no fueran realmente malos, ¿no querríamos que el estado se convirtiera en el único zapatero del país? ¿o en el único banquero? ¿o en la única empresa de seguridad? ¿o en el único abogado?
Por ahora, aspiremos simplemente a que no sea el único croupier.
lunes, 26 de julio de 2010
Los mitos de la justicia argentina
En agosto de 2009, hace casi ya un año, la Corte Suprema declaró inconstitucional la ley que criminaliza la tenencia de marihuana. Esta resolución, incluida en el fallo "Arriola", alcanzó el caso de otras cinco personas que habían sido detenidas por causas similares.
En los días y semanas posteriores, distintas voces se animaron a festejar o criticar la presunta "legalización" del cannabis en nuestro país. Esto es falso. La marihuana sólo habrá sido legalizada o descriminalizada cuando senadores y diputados acepten eliminar la legislación que la prohíbe. A diferencia de lo que muchos creen eso no ha sucedido ni en Amsterdam, donde la libertad de venta y consumo se encuentra restringida de hecho a "cofee shops", ni en California donde el estado ha enmascarado la cuestión detrás del argumento medicinal de la droga para otorgarle a los "médicos del cannabis" la exclusividad en la venta de este producto. La causa por la legalización de la marihuana será satisfecha en su totalidad cuando como mínimo el cannabis se encuentre bajo el mismo régimen que el alcohol o los cigarrillos y, como máximo cuando se haye bajo las mismas regulaciones que el tomate o la lechuga (excluyendo los esporádicos casos de nuestro país en los que incluso el consumo de estos vegetales es regulado por el estado a través de mecanismos como la regulación de precios).
En fin, el título de este post es "Los mitos de la justicia argentina". Es un mito que a partir del fallo Arriola de hace un año el consumo de marihuana haya sido despenalizado en nuestro país. Una clara muestra de ello es la nota publicada hoy en Infobae donde se narra la historia de un joven que fue detenido por consumir marihuana en una plaza y a quien la Sala II de la Cámara Federal consideró, por mayoría, un criminal.
En los días y semanas posteriores, distintas voces se animaron a festejar o criticar la presunta "legalización" del cannabis en nuestro país. Esto es falso. La marihuana sólo habrá sido legalizada o descriminalizada cuando senadores y diputados acepten eliminar la legislación que la prohíbe. A diferencia de lo que muchos creen eso no ha sucedido ni en Amsterdam, donde la libertad de venta y consumo se encuentra restringida de hecho a "cofee shops", ni en California donde el estado ha enmascarado la cuestión detrás del argumento medicinal de la droga para otorgarle a los "médicos del cannabis" la exclusividad en la venta de este producto. La causa por la legalización de la marihuana será satisfecha en su totalidad cuando como mínimo el cannabis se encuentre bajo el mismo régimen que el alcohol o los cigarrillos y, como máximo cuando se haye bajo las mismas regulaciones que el tomate o la lechuga (excluyendo los esporádicos casos de nuestro país en los que incluso el consumo de estos vegetales es regulado por el estado a través de mecanismos como la regulación de precios).
En fin, el título de este post es "Los mitos de la justicia argentina". Es un mito que a partir del fallo Arriola de hace un año el consumo de marihuana haya sido despenalizado en nuestro país. Una clara muestra de ello es la nota publicada hoy en Infobae donde se narra la historia de un joven que fue detenido por consumir marihuana en una plaza y a quien la Sala II de la Cámara Federal consideró, por mayoría, un criminal.
domingo, 25 de julio de 2010
Dr. Death
jueves, 22 de julio de 2010
Requisa y cannabis sativa
Dos policías interceptaron a dos jóvenes “que se hallaban recostados sobre un árbol del lugar” (una plaza) con el objetivo de requerir su identificación personal, según se expresa en el acta policial labrada. A los “fines preventivos”, se inició una requisa sobre los jóvenes y se encontró en el bolsillo del pantalón de uno de ellos un envoltorio que contenía, presumiblemente, cannabis sativa (marihuana).
La actividad coercitiva del Estado en las esferas de intimidad, privacidad y autodeterminación de las personas se da de distintas formas, tal vez la más violenta de ellas sea la detención. A dicha actividad, suele seguir una práctica consistente en la revisión de ropas, efectos, pertenencias y, en algunos casos, el propio cuerpo, en busca de elementos que representen peligro para los agentes policiales o los terceros, u objetos provenientes de delitos: es lo que se denomina requisa
¿Cuáles son los requisitos constitucionales para que una requisa sea válida?
La idea de libertad es la regla que rige el sistema de derechos y garantías constitucionalmente reconocidos. El artículo 18 de la Constitución, confirma esta regla, en tanto establece que ningún habitante puede ser “arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente”.Por lo tanto, a aquélla inmunidad de arresto, que sólo puede cruzarse con una orden escrita de una autoridad competente, debe agregarse que tal orden debe ir precedida de una motivación (justificación) y fundamentación, capaz de debilitar la garantía.
Una de las más comunes excepciones a las reglas ya enunciadas en materia de arrestos y detenciones está dada por el llamado “estado de sospecha”.
Sin embargo, esta excepción establecida policialmente fue considerada inconstitucional. Así lo estableció el Juez Petracchi en el caso Fernández Prieto, donde se dijo “el recurso a una fórmula estereotipada como la “actitud sospechosa” remite a una opacidad indescifrable que no satisface la exigencia de la debida fundamentación de los actos estatales, y, por tanto, carece de relevancia cuál sea la autoridad de la que éstos emanen”.
Entonces, volviendo al caso de los dos muchachos a los que encontraron con marihuana, la requisa es claramente inconstitucional en ese caso. Esto es así porque para que sea válida tiene que ser fundada. La justificación basada en el “estado de sospecha” es insuficiente. Y, peor aún, en este caso particular, ni siquiera se intento justificar.
La actividad coercitiva del Estado en las esferas de intimidad, privacidad y autodeterminación de las personas se da de distintas formas, tal vez la más violenta de ellas sea la detención. A dicha actividad, suele seguir una práctica consistente en la revisión de ropas, efectos, pertenencias y, en algunos casos, el propio cuerpo, en busca de elementos que representen peligro para los agentes policiales o los terceros, u objetos provenientes de delitos: es lo que se denomina requisa
¿Cuáles son los requisitos constitucionales para que una requisa sea válida?
La idea de libertad es la regla que rige el sistema de derechos y garantías constitucionalmente reconocidos. El artículo 18 de la Constitución, confirma esta regla, en tanto establece que ningún habitante puede ser “arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente”.Por lo tanto, a aquélla inmunidad de arresto, que sólo puede cruzarse con una orden escrita de una autoridad competente, debe agregarse que tal orden debe ir precedida de una motivación (justificación) y fundamentación, capaz de debilitar la garantía.
Una de las más comunes excepciones a las reglas ya enunciadas en materia de arrestos y detenciones está dada por el llamado “estado de sospecha”.
Sin embargo, esta excepción establecida policialmente fue considerada inconstitucional. Así lo estableció el Juez Petracchi en el caso Fernández Prieto, donde se dijo “el recurso a una fórmula estereotipada como la “actitud sospechosa” remite a una opacidad indescifrable que no satisface la exigencia de la debida fundamentación de los actos estatales, y, por tanto, carece de relevancia cuál sea la autoridad de la que éstos emanen”.
Entonces, volviendo al caso de los dos muchachos a los que encontraron con marihuana, la requisa es claramente inconstitucional en ese caso. Esto es así porque para que sea válida tiene que ser fundada. La justificación basada en el “estado de sospecha” es insuficiente. Y, peor aún, en este caso particular, ni siquiera se intento justificar.
miércoles, 21 de julio de 2010
Sabueso ejecutado por posesión de marihuana
Al momento de escribir este post 1.362.925 personas vieron en YouTube el video en el cual el escuadrón SWAT de EEUU irrumpe en el hogar de una familia de Missouri. Mientras la madre leía a su hijo un cuento antes de dormir los oficiales esposaron violentamente a su marido y entre gritos y empujones dispararon siete balazos, uno de los cuales mató al perro de la familia.
¿Quiénes eran estos "criminales", merecedores de semejante acososo y violencia? ¿Narcotraficantes, vendedores de armas, mafiosos, violadores? No. La policía sólo encontró una pequeña cantidad de marihuana, apenas suficiente para levantar cargos por posesión personal, los cuales fueron luego retirados.
Este episodio no es único ni singular. Se estima que entre 100 y 150 de estas requisas se realizan por día en los EEUU. La única particularidad de este caso fue que el video fue difundido.
Hace algunos años que diversas propuestas anti-drogas en los EEUU y el mundo han establecido la política de declarar una "war on drugs". Este término ilustra claramente el avance de los gobiernos sobre sus ciudadanos. La palabra guerra implica soldados, combatientes. Mientras que los objetivos de la policía deberían ser preservar la seguridad, los objetivos de un soldado son enfrentar y destruir a un enemigo. ¿Cómo es posible que las fuerzas de seguridad de una nación se hayan declarado en guerra con sus propios ciudadanos?
Había un tiempo en que los gobiernos temían y respetaban a sus ciudadanos. Hoy es el día en que los ciudadanos temen a sus gobiernos. Thomas Jefferson dijo :"When the people fear their government, there is tyranny; when the government fears the people, there is liberty."
El video en cuestión:
¿Quiénes eran estos "criminales", merecedores de semejante acososo y violencia? ¿Narcotraficantes, vendedores de armas, mafiosos, violadores? No. La policía sólo encontró una pequeña cantidad de marihuana, apenas suficiente para levantar cargos por posesión personal, los cuales fueron luego retirados.
Este episodio no es único ni singular. Se estima que entre 100 y 150 de estas requisas se realizan por día en los EEUU. La única particularidad de este caso fue que el video fue difundido.
Hace algunos años que diversas propuestas anti-drogas en los EEUU y el mundo han establecido la política de declarar una "war on drugs". Este término ilustra claramente el avance de los gobiernos sobre sus ciudadanos. La palabra guerra implica soldados, combatientes. Mientras que los objetivos de la policía deberían ser preservar la seguridad, los objetivos de un soldado son enfrentar y destruir a un enemigo. ¿Cómo es posible que las fuerzas de seguridad de una nación se hayan declarado en guerra con sus propios ciudadanos?
Había un tiempo en que los gobiernos temían y respetaban a sus ciudadanos. Hoy es el día en que los ciudadanos temen a sus gobiernos. Thomas Jefferson dijo :"When the people fear their government, there is tyranny; when the government fears the people, there is liberty."
El video en cuestión:
Aborto: médicos jueces en violaciones.
Ayer el Ministerio de Salud de la Nación difundió un protocolo de interrupción de embarazos en el cual recomiendan que la permisión legal se extienda a mujeres violadas. Si bien el Código Penal ya establece esa permisión (Art. 86), lo que pretende el protocolo es evitar la judicialización de esos casos. Según el Ministerio de Salud debería ser competencia exclusiva de los médicos tratantes decidir si el caso encuadra en las previsiones de no punibilidad contempladas en el Código Penal.
Creo que antes que dar a los médicos la facultad de analizar o no si se está ante una excepción a la realización de un acto ilícito, debería debatirse sobre ese acto en sí mismo. Es decir, sobre si el aborto en todos los casos está bien o mal. Mientras se mantenga la prohibición de abortar y se permita excepcionalmente en casos de violaciones, dejar que esa excepción la analice justamente quien puede ser penado es un error.
Sería como permitir que quien mata en legitima defensa (permisión excepcional a la prohibición de matar) sea quien analice si se dieron o no las circunstancias de la permisión, sin ningún tipo de intervención judicial.
Además, el médico, a diferencia de un juez, no tiene la obligación de ser imparcial. Por lo tanto, al analizar si se da un caso de permisión excepcional del aborto podría concluir que si o que no simplemente basándose en sus creencias personales (un médico católico dirá que no, un médico liberar dirá que si ). Un ejemplo de esto es el siguiente caso mexicano:
En México, 1999, Paulina de 13 años de edad, fue violada delante de su hermana . Paulina resultó embarazada y junto con su madre pidió un aborto terapéutico ,un derecho permitido en todas las entidades federativas mexicanas en caso de violación. Paulina fue
internada en un hospital público donde, después de seis días de internamiento, fue dada de alta sin explicación y sin que le hayan realizado un aborto. Otra vez en el hospital el director del hospital convenció a la madre de Paulina, sin evidencia científica, que practicándole un aborto a su hija, ésta podría morir o quedar estéril. Después de la reunión con el director, la madre de Paulina decidió que su hija iba a desistir del procedimiento.
Creo que antes que dar a los médicos la facultad de analizar o no si se está ante una excepción a la realización de un acto ilícito, debería debatirse sobre ese acto en sí mismo. Es decir, sobre si el aborto en todos los casos está bien o mal. Mientras se mantenga la prohibición de abortar y se permita excepcionalmente en casos de violaciones, dejar que esa excepción la analice justamente quien puede ser penado es un error.
Sería como permitir que quien mata en legitima defensa (permisión excepcional a la prohibición de matar) sea quien analice si se dieron o no las circunstancias de la permisión, sin ningún tipo de intervención judicial.
Además, el médico, a diferencia de un juez, no tiene la obligación de ser imparcial. Por lo tanto, al analizar si se da un caso de permisión excepcional del aborto podría concluir que si o que no simplemente basándose en sus creencias personales (un médico católico dirá que no, un médico liberar dirá que si ). Un ejemplo de esto es el siguiente caso mexicano:
En México, 1999, Paulina de 13 años de edad, fue violada delante de su hermana . Paulina resultó embarazada y junto con su madre pidió un aborto terapéutico ,un derecho permitido en todas las entidades federativas mexicanas en caso de violación. Paulina fue
internada en un hospital público donde, después de seis días de internamiento, fue dada de alta sin explicación y sin que le hayan realizado un aborto. Otra vez en el hospital el director del hospital convenció a la madre de Paulina, sin evidencia científica, que practicándole un aborto a su hija, ésta podría morir o quedar estéril. Después de la reunión con el director, la madre de Paulina decidió que su hija iba a desistir del procedimiento.
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