miércoles, 22 de septiembre de 2010

Relaciones laborales y la intervención de la ley.

La Cámara Laboral condenó a Radio Continental a pagar $5.300.000 al periodista Rolando Hanglin.
Hanglin y Radio Continental habian firmado un contrato de locación de servicios. El contrato decía que se trataba de una locación de servicios, dejando expresamente estipulado que no implicaba la existencia de vínculo o relación laboral, y que no son de aplicación las disposiciones del Estatuto del Periodista Profesional.
Las partes, voluntariamente dijeron que no querian que las leyes laborales se apliquen a su relación,que preferían tratarla como una locación de servicios.
Sin embargo, la Cámara Laboral dijo que prevalecía el principio de primacia de la realidad. Es decir, por más que las partes firmen locación de servicios, lo importante es lo que de hecho sucede.
Además, Radio Continental argumentó que Hanglin firmó voluntariamente el contrato de locación de servicios y que durante toda la relación nunca cuestionó el vínculo entre las partes. La Cámara le contesto que por el principio de irrenunciabilidad, no interesa lo que hizo Hanglin.

Es un poco raro todo esto. Dos partes firman voluntariamente un contrato con lo que ellas creen que es mejor. Cuando las cosas salen mal (en este caso, despiden a Hanglin) una de las partes se desentiende de lo firmado(Hanglin demanda) y se aplican a la relación reglas completamente diferentes a las que aceptaron.

7 comentarios:

  1. je, después de este juicio dejará de ser conocido como lani y adoptará un apodo más acorde como "ladri" hanglin...

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  2. Lo raro es que existan contratos que permitan evadir la ley. La justicia lo que hace con este fallo es corregir un mal uso de un contrato.

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  3. Un contrato, por definición, es la obligación nacida de LA VOLUNTAD DE LAS PARTES. No entiendo cuál es la razón para interferir en ese acuerdo voluntario. Me parece más valioso un contrato que exprese claramente lo que las partes quieren antes que una ley impuesta por un tercero (El Estado) que no sabe nada de los intereses y necesidades de esas partes que contrataron.

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  4. Pero la voluntad de las partes puede verse seriamente afectada por una situación de desequilibrio. Muchas empresas (la mayoría) abusan de las condiciones del mercado laboral, para obtener un rédito económico extra (pagar menos cargas sociales, menos sueldos, etc).

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  5. El acuerdo no es voluntario, es por que no le queda otra, o labura en esa radio con las condiciones de la radio o no labura.

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  6. SFC:
    que significa que las empresas abusan de las condiciones del mercado laboral? acaso buscar maximizar el beneficio de la empresa es abusar del mercado laboral? no le podes exigir a una de las partes (empresa) que pacte un acuerdo que beneficie más a la parte contraria. Hasta suena irracional. Te aseguro que Lani fue igual de "malo" y al momento de firmar intento conseguir el mejor acuerdo para su propio beneficio. Hay miles de radios a las que podría haber ido Lani, pero eligió Continental porque es de las mejores. Si Radio Continental esta en una buena posición para negociar es porque ofrece un servicio mucho mejor que las otras radios. Las condiciones de Radio continental no fueron como vos decís " con las condiciones de la radio o no laburas" sino mas bien "CON LAS CONDICIONES DE LA RADIO O LABURA EN OTRA RADIO". Pero Lani prefirió ceder en la negociación para poder estar en una radio top de Argentina.

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  7. Pero si eso se da a gran escala, en términos de economia política significa que el Empresario gana con respecto al trabajor, por que todos los trabajadores resignan algún tipo de beneficio para poder trabajar donde ellos quieren.
    En un Mercado competitivo esto no pasa, por que las empresas tienen que brindar beneficios a los "talentosos" para que no sean headhunteados por otras empresas

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