Un amigo me acerca esta iniciativa californiana que busca convertirse en un hito en materia de descriminalización de las drogas.
Luego de ser el primer estado de EEUU en donde la marihuana fue permitida para usos medicinales, California buscará aprobar en noviembre esta "proposition" que haría del cannabis un producto regulado pero legal al igual que el alcohol o el cigarrillo. Como mencionamos en un post anterior, si bien no alcanza el máximo nivel de libertad de los individuos para consumir y los productores para vender, extiende el esquema de libertades aun por encima de regímenes como el de los Cofee Shops de Amsterdam.
Los puntos principales de la proposition pueden resumirse en:
- Se permitirá a los adultos (mayores de 21 años) poseer hasta una onza (28 gramos) de cannabis.
- El gobierno estatal y local tendrá la posibilidad de taxar (no se si existe esta palabra; debería...) la venta de cannabis.
- Al igual que con el alcohol, manejar bajo los efectos de esta droga será controlado y penado.
miércoles, 28 de julio de 2010
martes, 27 de julio de 2010
Entendí la diferencia entre el juego y el azar
Estoy siguiendo el debate de The Economist sobre la legalización del juego.
Argumentos a favor y en contra coinciden en un punto: la lotería estatal es mala.
Repasemos algunos simples conceptos probabilísticos. La Esperanza Matemática es el resultado que obtendríamos a la larga si realizaramos muchas veces la misma apuesta. Si apostáramos muchas veces seguidas al negro en la ruleta, a la larga perderíamos casi 3 centavos por cada peso jugado. La esperanza de esa apuesta es exactamente -$0,027 (de hecho esa es la esperanza de CUALQUIER apuesta que hagamos en la ruleta, inluso las combinadas).
Veamos ahora qué pasa con la Lotería Nacional. El juego es muy simple. Elegís 1 número entre 100. Si adivinás ganás lo que apostaste por 70. La probabilidad de acertar es 1 en 100. Pero el premio es de 70 a 1. Parecería ser que la suerte no está de nuestro lado...(a menos que nuestro lado sea no el del azar sino el del Zar). Efectivamente la esperanza de la lotería estatal es -$0,3. A la larga perdemos 30 centavos por cada peso jugado.
Claro está que los 3 centavos que perdemos en la ruleta o los 30 de la lotería son a su vez la ganancia de la banca. Entonces, una forma de interpretarlo sería que esos 3 centavos son el precio que pagamos a la banca por jugar, al igual que le pagamos al zapatero por un par de zapatos. Pero ¿cómo explicamos entonces que el precio que cobra la lotería estatal sea 10 veces más alto que el que cobraría un casino normal? Lo que sucede aquí es que el estado se ha concedido a si mismo el poder de un monopolio.
El único motivo por el que el estado puede darse el lujo de cobrar ese precio es porque él mismo ha limitado la competencia en su negocio. ¿A qué zapatero no le gustaría prohibir la creación de más zapaterías? ¿a qué plomero no le gustaría ser el único que arregle cañerías? La realidad es que ninguno de ellos puede darse ese lujo y eso es gracias al mercado. En un mercado libre no existen prerrogativas de sangre ni títulos de nobleza. La única forma en que alguien puede convertirse en el único vendedor es ofreciendo un producto ampliamente superior en precio y calidad al de la competencia. Hasta que eso suceda (y a la larga eso pocas veces sucede) las empresas se esforzarán por superarse unas a las otras y los consumidores saldrán beneficiados de esa competencia. Nada de eso sucede en el mercado de apuestas.
¿Qué sucedería en el mercado de zapatos si existiera una sola zapatería? Probablemente el dueño zapatero cobraría a sus clientes el precio más alto posible siempre y cuando no sea tan alto como para que la gente prefiera andar por la calle descalza. Además la calidad probablemente sería sólo lo suficientemente buena como para justificar el precio que el vendedor quiere poner, en comparación con caminar descalzo. ¿Por qué debería ser distinto el caso de la lotería? De hecho, no lo es. La Lotería Nacional puede cobrar un precio diez veces superior al de un casino simplemente porque ha limitado la competencia. Se ha declarado a si mismo un monopolio. En un libre mercado nadie puede darse estos lujos. Sólo el estado, haciendo uso de su poder de coerción, puede gozar de privilegios cuasi-reales.
Quienes apoyan la prohibición del juego creen que la lotería estatal es un abuso y debería ser eliminada. Los que están a favor creen que la mejor forma de eliminar estos abusos sobre los apostadores es precisamente permitiendo que la competencia baje los precios. Ambos coinciden entonces en que el monopolio creado por el estado sobre la lotería genera un gran costo a la sociedad.
Un último punto. Algunos podrían argumentar que en este caso el monopolio está justificado ya que el dinero recaudado con la lotería es utilizado para fines justos y nobles que persigue el estado. Quizás la lotería es una forma eficiente de redistribuir recursos de ricos a pobres. Pero ¿quiénes son los principales consumidores de este producto? ¿son los ricos, los banqueros, los empresarios? ¿o son las amas de casas, los obreros, los asalariados?
Seamos por un momento optimistas. Supongamos que la lotería es consumida efectivamente por las clases altas y que son ellas las que pagan el precio monopolístico con el fin de financiar las actividades del estado. Olvidémonos de las sospechas que nos genera el destino de estos fondos. Aun en ese caso el estado generaría más beneficios a la sociedad retirándose del mercado en lugar de acaparándolo. Convirtiéndose en el único vendedor de un producto el estado no consigue simplemente reemplazar a las empresas que antes existían. Al convertirse en un monopolio puede darse el lujo de vender a un precio excesivamente alto y de ofrecer una calidad excesivamente baja. Todos estos son enormes costos que la sociedad debe soportar y es probable que los recursos obtenidos a través de la lotería estatal terminen siendo usados para sanear los daños que esta misma ha generado.
Al fin y al cabo, si los monopolios no fueran realmente malos, ¿no querríamos que el estado se convirtiera en el único zapatero del país? ¿o en el único banquero? ¿o en la única empresa de seguridad? ¿o en el único abogado?
Por ahora, aspiremos simplemente a que no sea el único croupier.
Argumentos a favor y en contra coinciden en un punto: la lotería estatal es mala.
Repasemos algunos simples conceptos probabilísticos. La Esperanza Matemática es el resultado que obtendríamos a la larga si realizaramos muchas veces la misma apuesta. Si apostáramos muchas veces seguidas al negro en la ruleta, a la larga perderíamos casi 3 centavos por cada peso jugado. La esperanza de esa apuesta es exactamente -$0,027 (de hecho esa es la esperanza de CUALQUIER apuesta que hagamos en la ruleta, inluso las combinadas).
Veamos ahora qué pasa con la Lotería Nacional. El juego es muy simple. Elegís 1 número entre 100. Si adivinás ganás lo que apostaste por 70. La probabilidad de acertar es 1 en 100. Pero el premio es de 70 a 1. Parecería ser que la suerte no está de nuestro lado...(a menos que nuestro lado sea no el del azar sino el del Zar). Efectivamente la esperanza de la lotería estatal es -$0,3. A la larga perdemos 30 centavos por cada peso jugado.
Claro está que los 3 centavos que perdemos en la ruleta o los 30 de la lotería son a su vez la ganancia de la banca. Entonces, una forma de interpretarlo sería que esos 3 centavos son el precio que pagamos a la banca por jugar, al igual que le pagamos al zapatero por un par de zapatos. Pero ¿cómo explicamos entonces que el precio que cobra la lotería estatal sea 10 veces más alto que el que cobraría un casino normal? Lo que sucede aquí es que el estado se ha concedido a si mismo el poder de un monopolio.
El único motivo por el que el estado puede darse el lujo de cobrar ese precio es porque él mismo ha limitado la competencia en su negocio. ¿A qué zapatero no le gustaría prohibir la creación de más zapaterías? ¿a qué plomero no le gustaría ser el único que arregle cañerías? La realidad es que ninguno de ellos puede darse ese lujo y eso es gracias al mercado. En un mercado libre no existen prerrogativas de sangre ni títulos de nobleza. La única forma en que alguien puede convertirse en el único vendedor es ofreciendo un producto ampliamente superior en precio y calidad al de la competencia. Hasta que eso suceda (y a la larga eso pocas veces sucede) las empresas se esforzarán por superarse unas a las otras y los consumidores saldrán beneficiados de esa competencia. Nada de eso sucede en el mercado de apuestas.
¿Qué sucedería en el mercado de zapatos si existiera una sola zapatería? Probablemente el dueño zapatero cobraría a sus clientes el precio más alto posible siempre y cuando no sea tan alto como para que la gente prefiera andar por la calle descalza. Además la calidad probablemente sería sólo lo suficientemente buena como para justificar el precio que el vendedor quiere poner, en comparación con caminar descalzo. ¿Por qué debería ser distinto el caso de la lotería? De hecho, no lo es. La Lotería Nacional puede cobrar un precio diez veces superior al de un casino simplemente porque ha limitado la competencia. Se ha declarado a si mismo un monopolio. En un libre mercado nadie puede darse estos lujos. Sólo el estado, haciendo uso de su poder de coerción, puede gozar de privilegios cuasi-reales.
Quienes apoyan la prohibición del juego creen que la lotería estatal es un abuso y debería ser eliminada. Los que están a favor creen que la mejor forma de eliminar estos abusos sobre los apostadores es precisamente permitiendo que la competencia baje los precios. Ambos coinciden entonces en que el monopolio creado por el estado sobre la lotería genera un gran costo a la sociedad.
Un último punto. Algunos podrían argumentar que en este caso el monopolio está justificado ya que el dinero recaudado con la lotería es utilizado para fines justos y nobles que persigue el estado. Quizás la lotería es una forma eficiente de redistribuir recursos de ricos a pobres. Pero ¿quiénes son los principales consumidores de este producto? ¿son los ricos, los banqueros, los empresarios? ¿o son las amas de casas, los obreros, los asalariados?
Seamos por un momento optimistas. Supongamos que la lotería es consumida efectivamente por las clases altas y que son ellas las que pagan el precio monopolístico con el fin de financiar las actividades del estado. Olvidémonos de las sospechas que nos genera el destino de estos fondos. Aun en ese caso el estado generaría más beneficios a la sociedad retirándose del mercado en lugar de acaparándolo. Convirtiéndose en el único vendedor de un producto el estado no consigue simplemente reemplazar a las empresas que antes existían. Al convertirse en un monopolio puede darse el lujo de vender a un precio excesivamente alto y de ofrecer una calidad excesivamente baja. Todos estos son enormes costos que la sociedad debe soportar y es probable que los recursos obtenidos a través de la lotería estatal terminen siendo usados para sanear los daños que esta misma ha generado.
Al fin y al cabo, si los monopolios no fueran realmente malos, ¿no querríamos que el estado se convirtiera en el único zapatero del país? ¿o en el único banquero? ¿o en la única empresa de seguridad? ¿o en el único abogado?
Por ahora, aspiremos simplemente a que no sea el único croupier.
lunes, 26 de julio de 2010
Los mitos de la justicia argentina
En agosto de 2009, hace casi ya un año, la Corte Suprema declaró inconstitucional la ley que criminaliza la tenencia de marihuana. Esta resolución, incluida en el fallo "Arriola", alcanzó el caso de otras cinco personas que habían sido detenidas por causas similares.
En los días y semanas posteriores, distintas voces se animaron a festejar o criticar la presunta "legalización" del cannabis en nuestro país. Esto es falso. La marihuana sólo habrá sido legalizada o descriminalizada cuando senadores y diputados acepten eliminar la legislación que la prohíbe. A diferencia de lo que muchos creen eso no ha sucedido ni en Amsterdam, donde la libertad de venta y consumo se encuentra restringida de hecho a "cofee shops", ni en California donde el estado ha enmascarado la cuestión detrás del argumento medicinal de la droga para otorgarle a los "médicos del cannabis" la exclusividad en la venta de este producto. La causa por la legalización de la marihuana será satisfecha en su totalidad cuando como mínimo el cannabis se encuentre bajo el mismo régimen que el alcohol o los cigarrillos y, como máximo cuando se haye bajo las mismas regulaciones que el tomate o la lechuga (excluyendo los esporádicos casos de nuestro país en los que incluso el consumo de estos vegetales es regulado por el estado a través de mecanismos como la regulación de precios).
En fin, el título de este post es "Los mitos de la justicia argentina". Es un mito que a partir del fallo Arriola de hace un año el consumo de marihuana haya sido despenalizado en nuestro país. Una clara muestra de ello es la nota publicada hoy en Infobae donde se narra la historia de un joven que fue detenido por consumir marihuana en una plaza y a quien la Sala II de la Cámara Federal consideró, por mayoría, un criminal.
En los días y semanas posteriores, distintas voces se animaron a festejar o criticar la presunta "legalización" del cannabis en nuestro país. Esto es falso. La marihuana sólo habrá sido legalizada o descriminalizada cuando senadores y diputados acepten eliminar la legislación que la prohíbe. A diferencia de lo que muchos creen eso no ha sucedido ni en Amsterdam, donde la libertad de venta y consumo se encuentra restringida de hecho a "cofee shops", ni en California donde el estado ha enmascarado la cuestión detrás del argumento medicinal de la droga para otorgarle a los "médicos del cannabis" la exclusividad en la venta de este producto. La causa por la legalización de la marihuana será satisfecha en su totalidad cuando como mínimo el cannabis se encuentre bajo el mismo régimen que el alcohol o los cigarrillos y, como máximo cuando se haye bajo las mismas regulaciones que el tomate o la lechuga (excluyendo los esporádicos casos de nuestro país en los que incluso el consumo de estos vegetales es regulado por el estado a través de mecanismos como la regulación de precios).
En fin, el título de este post es "Los mitos de la justicia argentina". Es un mito que a partir del fallo Arriola de hace un año el consumo de marihuana haya sido despenalizado en nuestro país. Una clara muestra de ello es la nota publicada hoy en Infobae donde se narra la historia de un joven que fue detenido por consumir marihuana en una plaza y a quien la Sala II de la Cámara Federal consideró, por mayoría, un criminal.
domingo, 25 de julio de 2010
Dr. Death
jueves, 22 de julio de 2010
Requisa y cannabis sativa
Dos policías interceptaron a dos jóvenes “que se hallaban recostados sobre un árbol del lugar” (una plaza) con el objetivo de requerir su identificación personal, según se expresa en el acta policial labrada. A los “fines preventivos”, se inició una requisa sobre los jóvenes y se encontró en el bolsillo del pantalón de uno de ellos un envoltorio que contenía, presumiblemente, cannabis sativa (marihuana).
La actividad coercitiva del Estado en las esferas de intimidad, privacidad y autodeterminación de las personas se da de distintas formas, tal vez la más violenta de ellas sea la detención. A dicha actividad, suele seguir una práctica consistente en la revisión de ropas, efectos, pertenencias y, en algunos casos, el propio cuerpo, en busca de elementos que representen peligro para los agentes policiales o los terceros, u objetos provenientes de delitos: es lo que se denomina requisa
¿Cuáles son los requisitos constitucionales para que una requisa sea válida?
La idea de libertad es la regla que rige el sistema de derechos y garantías constitucionalmente reconocidos. El artículo 18 de la Constitución, confirma esta regla, en tanto establece que ningún habitante puede ser “arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente”.Por lo tanto, a aquélla inmunidad de arresto, que sólo puede cruzarse con una orden escrita de una autoridad competente, debe agregarse que tal orden debe ir precedida de una motivación (justificación) y fundamentación, capaz de debilitar la garantía.
Una de las más comunes excepciones a las reglas ya enunciadas en materia de arrestos y detenciones está dada por el llamado “estado de sospecha”.
Sin embargo, esta excepción establecida policialmente fue considerada inconstitucional. Así lo estableció el Juez Petracchi en el caso Fernández Prieto, donde se dijo “el recurso a una fórmula estereotipada como la “actitud sospechosa” remite a una opacidad indescifrable que no satisface la exigencia de la debida fundamentación de los actos estatales, y, por tanto, carece de relevancia cuál sea la autoridad de la que éstos emanen”.
Entonces, volviendo al caso de los dos muchachos a los que encontraron con marihuana, la requisa es claramente inconstitucional en ese caso. Esto es así porque para que sea válida tiene que ser fundada. La justificación basada en el “estado de sospecha” es insuficiente. Y, peor aún, en este caso particular, ni siquiera se intento justificar.
La actividad coercitiva del Estado en las esferas de intimidad, privacidad y autodeterminación de las personas se da de distintas formas, tal vez la más violenta de ellas sea la detención. A dicha actividad, suele seguir una práctica consistente en la revisión de ropas, efectos, pertenencias y, en algunos casos, el propio cuerpo, en busca de elementos que representen peligro para los agentes policiales o los terceros, u objetos provenientes de delitos: es lo que se denomina requisa
¿Cuáles son los requisitos constitucionales para que una requisa sea válida?
La idea de libertad es la regla que rige el sistema de derechos y garantías constitucionalmente reconocidos. El artículo 18 de la Constitución, confirma esta regla, en tanto establece que ningún habitante puede ser “arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente”.Por lo tanto, a aquélla inmunidad de arresto, que sólo puede cruzarse con una orden escrita de una autoridad competente, debe agregarse que tal orden debe ir precedida de una motivación (justificación) y fundamentación, capaz de debilitar la garantía.
Una de las más comunes excepciones a las reglas ya enunciadas en materia de arrestos y detenciones está dada por el llamado “estado de sospecha”.
Sin embargo, esta excepción establecida policialmente fue considerada inconstitucional. Así lo estableció el Juez Petracchi en el caso Fernández Prieto, donde se dijo “el recurso a una fórmula estereotipada como la “actitud sospechosa” remite a una opacidad indescifrable que no satisface la exigencia de la debida fundamentación de los actos estatales, y, por tanto, carece de relevancia cuál sea la autoridad de la que éstos emanen”.
Entonces, volviendo al caso de los dos muchachos a los que encontraron con marihuana, la requisa es claramente inconstitucional en ese caso. Esto es así porque para que sea válida tiene que ser fundada. La justificación basada en el “estado de sospecha” es insuficiente. Y, peor aún, en este caso particular, ni siquiera se intento justificar.
miércoles, 21 de julio de 2010
Sabueso ejecutado por posesión de marihuana
Al momento de escribir este post 1.362.925 personas vieron en YouTube el video en el cual el escuadrón SWAT de EEUU irrumpe en el hogar de una familia de Missouri. Mientras la madre leía a su hijo un cuento antes de dormir los oficiales esposaron violentamente a su marido y entre gritos y empujones dispararon siete balazos, uno de los cuales mató al perro de la familia.
¿Quiénes eran estos "criminales", merecedores de semejante acososo y violencia? ¿Narcotraficantes, vendedores de armas, mafiosos, violadores? No. La policía sólo encontró una pequeña cantidad de marihuana, apenas suficiente para levantar cargos por posesión personal, los cuales fueron luego retirados.
Este episodio no es único ni singular. Se estima que entre 100 y 150 de estas requisas se realizan por día en los EEUU. La única particularidad de este caso fue que el video fue difundido.
Hace algunos años que diversas propuestas anti-drogas en los EEUU y el mundo han establecido la política de declarar una "war on drugs". Este término ilustra claramente el avance de los gobiernos sobre sus ciudadanos. La palabra guerra implica soldados, combatientes. Mientras que los objetivos de la policía deberían ser preservar la seguridad, los objetivos de un soldado son enfrentar y destruir a un enemigo. ¿Cómo es posible que las fuerzas de seguridad de una nación se hayan declarado en guerra con sus propios ciudadanos?
Había un tiempo en que los gobiernos temían y respetaban a sus ciudadanos. Hoy es el día en que los ciudadanos temen a sus gobiernos. Thomas Jefferson dijo :"When the people fear their government, there is tyranny; when the government fears the people, there is liberty."
El video en cuestión:
¿Quiénes eran estos "criminales", merecedores de semejante acososo y violencia? ¿Narcotraficantes, vendedores de armas, mafiosos, violadores? No. La policía sólo encontró una pequeña cantidad de marihuana, apenas suficiente para levantar cargos por posesión personal, los cuales fueron luego retirados.
Este episodio no es único ni singular. Se estima que entre 100 y 150 de estas requisas se realizan por día en los EEUU. La única particularidad de este caso fue que el video fue difundido.
Hace algunos años que diversas propuestas anti-drogas en los EEUU y el mundo han establecido la política de declarar una "war on drugs". Este término ilustra claramente el avance de los gobiernos sobre sus ciudadanos. La palabra guerra implica soldados, combatientes. Mientras que los objetivos de la policía deberían ser preservar la seguridad, los objetivos de un soldado son enfrentar y destruir a un enemigo. ¿Cómo es posible que las fuerzas de seguridad de una nación se hayan declarado en guerra con sus propios ciudadanos?
Había un tiempo en que los gobiernos temían y respetaban a sus ciudadanos. Hoy es el día en que los ciudadanos temen a sus gobiernos. Thomas Jefferson dijo :"When the people fear their government, there is tyranny; when the government fears the people, there is liberty."
El video en cuestión:
Aborto: médicos jueces en violaciones.
Ayer el Ministerio de Salud de la Nación difundió un protocolo de interrupción de embarazos en el cual recomiendan que la permisión legal se extienda a mujeres violadas. Si bien el Código Penal ya establece esa permisión (Art. 86), lo que pretende el protocolo es evitar la judicialización de esos casos. Según el Ministerio de Salud debería ser competencia exclusiva de los médicos tratantes decidir si el caso encuadra en las previsiones de no punibilidad contempladas en el Código Penal.
Creo que antes que dar a los médicos la facultad de analizar o no si se está ante una excepción a la realización de un acto ilícito, debería debatirse sobre ese acto en sí mismo. Es decir, sobre si el aborto en todos los casos está bien o mal. Mientras se mantenga la prohibición de abortar y se permita excepcionalmente en casos de violaciones, dejar que esa excepción la analice justamente quien puede ser penado es un error.
Sería como permitir que quien mata en legitima defensa (permisión excepcional a la prohibición de matar) sea quien analice si se dieron o no las circunstancias de la permisión, sin ningún tipo de intervención judicial.
Además, el médico, a diferencia de un juez, no tiene la obligación de ser imparcial. Por lo tanto, al analizar si se da un caso de permisión excepcional del aborto podría concluir que si o que no simplemente basándose en sus creencias personales (un médico católico dirá que no, un médico liberar dirá que si ). Un ejemplo de esto es el siguiente caso mexicano:
En México, 1999, Paulina de 13 años de edad, fue violada delante de su hermana . Paulina resultó embarazada y junto con su madre pidió un aborto terapéutico ,un derecho permitido en todas las entidades federativas mexicanas en caso de violación. Paulina fue
internada en un hospital público donde, después de seis días de internamiento, fue dada de alta sin explicación y sin que le hayan realizado un aborto. Otra vez en el hospital el director del hospital convenció a la madre de Paulina, sin evidencia científica, que practicándole un aborto a su hija, ésta podría morir o quedar estéril. Después de la reunión con el director, la madre de Paulina decidió que su hija iba a desistir del procedimiento.
Creo que antes que dar a los médicos la facultad de analizar o no si se está ante una excepción a la realización de un acto ilícito, debería debatirse sobre ese acto en sí mismo. Es decir, sobre si el aborto en todos los casos está bien o mal. Mientras se mantenga la prohibición de abortar y se permita excepcionalmente en casos de violaciones, dejar que esa excepción la analice justamente quien puede ser penado es un error.
Sería como permitir que quien mata en legitima defensa (permisión excepcional a la prohibición de matar) sea quien analice si se dieron o no las circunstancias de la permisión, sin ningún tipo de intervención judicial.
Además, el médico, a diferencia de un juez, no tiene la obligación de ser imparcial. Por lo tanto, al analizar si se da un caso de permisión excepcional del aborto podría concluir que si o que no simplemente basándose en sus creencias personales (un médico católico dirá que no, un médico liberar dirá que si ). Un ejemplo de esto es el siguiente caso mexicano:
En México, 1999, Paulina de 13 años de edad, fue violada delante de su hermana . Paulina resultó embarazada y junto con su madre pidió un aborto terapéutico ,un derecho permitido en todas las entidades federativas mexicanas en caso de violación. Paulina fue
internada en un hospital público donde, después de seis días de internamiento, fue dada de alta sin explicación y sin que le hayan realizado un aborto. Otra vez en el hospital el director del hospital convenció a la madre de Paulina, sin evidencia científica, que practicándole un aborto a su hija, ésta podría morir o quedar estéril. Después de la reunión con el director, la madre de Paulina decidió que su hija iba a desistir del procedimiento.
viernes, 16 de julio de 2010
Día del padre
De la palabra padre se deriva el término paternalismo.
Desde Libres o Esclavos, nos sumamos a lacrisisesfilosófica en el mensaje hacia el padre de todos los argentinos: el estado.
Para leer esta muy recomendada entrada y entender cómo se aplica el paternalismo a nuestro país hacé click acá.
Desde Libres o Esclavos, nos sumamos a lacrisisesfilosófica en el mensaje hacia el padre de todos los argentinos: el estado.
Para leer esta muy recomendada entrada y entender cómo se aplica el paternalismo a nuestro país hacé click acá.
jueves, 15 de julio de 2010
miércoles, 14 de julio de 2010
14 de julio - La libertad guiando al pueblo
Esta imágen no es sólo la tapa de un buen libro. Esta imágen representa una historia que hoy vale la pena recordar.
Hace exactamente 221 años el pueblo francés, guiado por la libertad, tomaba la cárcel de la Bastilla. Era un símbolo del fin de la tiranía, de la caída del Antiguo Régimen. Era la expresión del reclamo de libertad de un pueblo.
Por esas casualidades de la historia, hoy 14 de julio de 2010 el pueblo argentino puede vivir su propia revolución. Hoy puede ser un día histórico para la libertad en nuestro país. Dentro de unos minutos comenzará en el Senado el debate que definirá si las personas homosexuales tendrán derecho a contraer matrimonio. El resultado de esta votación sin embargo repercutirá en todos los argentinos. Esta es la oportunidad de que nuestro país levante en alto la bandera de la libertad y se muestre ante el mundo, como alguna vez lo ha hecho, como un ejemplo de una sociedad respetuosa y libre.
martes, 13 de julio de 2010
lunes, 12 de julio de 2010
¿Qué hiciste hoy por la libertad?
Para la libertad sangro, lucho, pervivo
Para la libertad, mis ojos y mis manos,
como un árbol caudal, generoso y cautivo,
doy a los cirujanos.
Por suerte con mucho menos que eso hoy en día parece ser suficiente. No son muchos los que entregan ojos o manos. Pero ¿cuántos son los que realmente hacen algo por la libertad?
Nosotros tratamos de escribir todos los días algún argumento nuevo, referenciar alguna noticia o alguna idea que recuerde a los lectores el valor que tiene la libertad. ¿Pero logramos algo con ello? Mucho menos de lo que nos gustaría.
Hace semanas que nos pronunciamos constantemente a favor del matrimonio homosexual. Subimos artículos, citas, videos, casos de otros países. Tantos son los argumentos que presentamos a favor del matrimonio igualitario que tuvimos incluso que empezar a hablar en contra para poder atraer nuevos lectores. La pregunta entonces es ¿qué hicimos nosotros por la libertad? ¿cuántas son las personas que han recapacitado a partir de nuestras posturas? Lamentablemente, creo que muy pocas. Siendo sincero conmigo mismo soy consciente de que la gran mayoría de lectores de este blog ya se expresaba a favor del matrimonio gay antes de conocer Libres o Esclavos. Son pocos o muy pocos a quienes realmente logramos sumar a las filas de la libertad.
Faltan dos días para que el Senado vote el proyecto del matrimonio igualitario. Luego de semanas y meses, de posts, tweets y facebooks la realidad es que nuestro impacto en la decisión popular sobre el matrimonio gay ha sido bajo, muy bajo.
Es posible entonces que nosotros hayamos fracasado. Pero a sólo dos días de la votación aun hay una esperanza. Esa esperanza sos vos. ¿Qué hiciste vos hoy por la libertad? ¿Qué hiciste vos hoy por los derechos de los ciudadanos de tu país? Nuestro aporte puede haber sido minúsculo. Pero si esa pequeña contribución pudiese impulsar tu accionar entonces todo esto no habría sido en vano. Hacé algo por la libertad. Conversá con amigos, familiares. Escribí en facebook. Compartí este link en twitter. Cambiá tu foto de perfil. Presentate a la marcha por la igualdad. Participá del Ruidazo de mañana. Difundí alguno de estos cortos. Hacé algo por la libertad.
Los negros, las mujeres, los esclavos, los judíos, los árabes, los gitanos, los extranjeros, los comunistas, los capitalistas. Todos ellos sufrieron en algún momento de la historia los abusos de las mayorías a través del poder que otorga el estado. Hoy la minoría son los homosexuales. El trato que una sociedad da a sus minorías es el reflejo más claro del valor que conceden a la libertad. Un pueblo que respeta a sus minorías es un pueblo libre. Un pueblo que las oprime es un pueblo esclavo. En dos días ¿qué seremos nosotros? ¿libres o esclavos?
Hacé algo por la libertad.
Y contanos de qué se trata.
Y contanos de qué se trata.
¡Que el congreso NO apruebe el matrimonio gay!
Sí, seguimos con los títulos sensasionalistas y atrapa-curiosos. Pero nunca metirosos.
No creo que el Congreso deba aprobar el matrimonio gay. No creo que el congreso si quiera deba votar o debatir sobre el matrimonio gay. Creo que esa es una tarea que tiempo atrás debería haber sido resuelta por la Justicia Nacional. Es verdad, probablemente me digan los abogados que la legislación Argentina establece que los fallos judiciales no son vinculantes para otras causas y por lo tanto la única forma de cambiar una ley es a través del Congreso. En ese sentido tienen razón y si esa es la única forma por la cual nuestro sistema puede defender los derechos individuales, adelante.
Sin embargo, mi argumento se orienta hacia aquellos que se preguntan: "Si un plebiscito, expresión pura de las mayorías, rechazaría el matrimonio igualitario, ¿cómo es posible que nuestros representantes lo aprueben?" Precisamente esta pregunta es lo que despierta en mí una alerta y me obliga a oponerme a que temas como éste deban ser tratados como debates que responden a voluntades mayoritarias. No estamos debatiendo aquí de qué color pintar la casa de gobierno o qué nombre ponerle a una nueva autopista. Estamos discutiendo hasta qué punto respetaremos o violaremos los derechos de las personas. En estos casos, no hay mayorías que valgan. Ni mayorías plebiscitarias, ni legislativas ni calificadas.
Los derechos de las personas son de las personas. Y como son de las personas son ellas quienes deben decidir si preservarlos o resignarlos. Ningún grupo puede disponer, por numeroso que sea, qué hacer con los derechos de los otros. Simplemente porque son de los otros.
Se comenta que la Corte Suprema ya tiene preparado un fallo a favor del matrimonio homosexual en caso de que el Congreso no lo aprobase. Ojalá sea cierto. No sé como se instrumentaría esta decisión y hasta qué punto su alcance podría acercarse al de una ley. Pero nuevamente, no son las mayorías las encargadas de aprobar o rechazar los derechos de las minorías. Sólo estas minorías pueden tomar esas decisiones. La Justicia o el Congreso deberían velar por que así sea.
No creo que el Congreso deba aprobar el matrimonio gay. No creo que el congreso si quiera deba votar o debatir sobre el matrimonio gay. Creo que esa es una tarea que tiempo atrás debería haber sido resuelta por la Justicia Nacional. Es verdad, probablemente me digan los abogados que la legislación Argentina establece que los fallos judiciales no son vinculantes para otras causas y por lo tanto la única forma de cambiar una ley es a través del Congreso. En ese sentido tienen razón y si esa es la única forma por la cual nuestro sistema puede defender los derechos individuales, adelante.
Sin embargo, mi argumento se orienta hacia aquellos que se preguntan: "Si un plebiscito, expresión pura de las mayorías, rechazaría el matrimonio igualitario, ¿cómo es posible que nuestros representantes lo aprueben?" Precisamente esta pregunta es lo que despierta en mí una alerta y me obliga a oponerme a que temas como éste deban ser tratados como debates que responden a voluntades mayoritarias. No estamos debatiendo aquí de qué color pintar la casa de gobierno o qué nombre ponerle a una nueva autopista. Estamos discutiendo hasta qué punto respetaremos o violaremos los derechos de las personas. En estos casos, no hay mayorías que valgan. Ni mayorías plebiscitarias, ni legislativas ni calificadas.
Los derechos de las personas son de las personas. Y como son de las personas son ellas quienes deben decidir si preservarlos o resignarlos. Ningún grupo puede disponer, por numeroso que sea, qué hacer con los derechos de los otros. Simplemente porque son de los otros.
Se comenta que la Corte Suprema ya tiene preparado un fallo a favor del matrimonio homosexual en caso de que el Congreso no lo aprobase. Ojalá sea cierto. No sé como se instrumentaría esta decisión y hasta qué punto su alcance podría acercarse al de una ley. Pero nuevamente, no son las mayorías las encargadas de aprobar o rechazar los derechos de las minorías. Sólo estas minorías pueden tomar esas decisiones. La Justicia o el Congreso deberían velar por que así sea.
Voto para todos, matrimonio para todos
Seguimos en campaña por la aprobación del matrimonio igualitario.
Mora y Araujo, rector de la UTDT, redactó una interesante reseña histórica hace unos días narrando la sucesión de hechos que durante el siglo XX expandieron los derechos de hombres y mujeres de nuestro país:
"[...]En la Argentina moderna, la secuencia puede ser resumida en una sucesión de etapas: la institución del matrimonio civil, la ley de educación pública y laica, los derechos de los hijos naturales, el divorcio, el aborto y ahora el matrimonio de personas del mismo género."
Podemos agregar a este secuencia el voto femenino:
*Más videos sobre la igualdad acá.
Mora y Araujo, rector de la UTDT, redactó una interesante reseña histórica hace unos días narrando la sucesión de hechos que durante el siglo XX expandieron los derechos de hombres y mujeres de nuestro país:
"[...]En la Argentina moderna, la secuencia puede ser resumida en una sucesión de etapas: la institución del matrimonio civil, la ley de educación pública y laica, los derechos de los hijos naturales, el divorcio, el aborto y ahora el matrimonio de personas del mismo género."
Podemos agregar a este secuencia el voto femenino:
*Más videos sobre la igualdad acá.
jueves, 8 de julio de 2010
Las estadisticas del pulpo Paul
El pulpo Paul adivinó nuevamente. "Dijo" que España le ganaba a Alemania. Y así fue. Ya lleva acertados 6 partidos seguidos! No solo anunció que Alemania perdería contra España, también había pronosticado derrota contra Serbia.
¿Cuántas chances hay de que un pulpo adivine 6 resultados seguidos? ¿Casualidad o poderes sobrenaturales?
Veamos. La probabilidad de adivinar que un equipo va a pasar, sin presuponer nada sobre el nivel de los seleccionados, es de un 50%. Entonces, si el pulpo adivina una vez decimos que tuvo tanta suerte como alguien que adivina que una moneda saldrá cara. Ahora, si el pulpo adivina dos veces seguidas tuvo tanta suerte como alguien que adivina dos caras seguidas (25%).
Cuando el pulpo adivino el resultado del 3er partido logro algo con probabilidad 12,5%.
Cuando Paul adivinó que Alemania le ganaba a Argentina tuvo casi la misma suerte que alguien que pega un pleno en la ruleta.
Si el pulpo Paul elige al azar, encontes la probabilidad de adivinar los 6 resultados seguidos es de 1,5%. Es decir, de cada 100 pulpos que juegen a ser oraculos, menos de dos llegan a semifinales. Buena poooool!
UPDATE: Habiendo terminado el mundial, Paul acertó 8 resultados de 8. Las probabilidades de lograr esto eligiendo al azar son de 1 en 256, es decir 0,39%.
¿Cuántas chances hay de que un pulpo adivine 6 resultados seguidos? ¿Casualidad o poderes sobrenaturales?
Veamos. La probabilidad de adivinar que un equipo va a pasar, sin presuponer nada sobre el nivel de los seleccionados, es de un 50%. Entonces, si el pulpo adivina una vez decimos que tuvo tanta suerte como alguien que adivina que una moneda saldrá cara. Ahora, si el pulpo adivina dos veces seguidas tuvo tanta suerte como alguien que adivina dos caras seguidas (25%).
Cuando el pulpo adivino el resultado del 3er partido logro algo con probabilidad 12,5%.
Cuando Paul adivinó que Alemania le ganaba a Argentina tuvo casi la misma suerte que alguien que pega un pleno en la ruleta.
Si el pulpo Paul elige al azar, encontes la probabilidad de adivinar los 6 resultados seguidos es de 1,5%. Es decir, de cada 100 pulpos que juegen a ser oraculos, menos de dos llegan a semifinales. Buena poooool!
UPDATE: Habiendo terminado el mundial, Paul acertó 8 resultados de 8. Las probabilidades de lograr esto eligiendo al azar son de 1 en 256, es decir 0,39%.
miércoles, 7 de julio de 2010
El mismo amor
Nos sumamos a la campaña de la Federación Argentina LGTB para apoyar la ley de matrimonio igualitario.
En este caso empezamos difundiendo un video sobre el divorcio en la argentina. Con los mismos ojos de espanto que hoy los sectores conservadores miran al matrimonio gay, hace unos años señalaban al divorcio como la ruptura definitiva de la familia y de los valores que debían ser preservados. Incluso se hablaba del daño que sufrirían los hijos de padres separados, por no contar con el rol paterno y materno permanente y por la discriminación que recibirían del resto de la sociedad. Es increible. Pasaron muchos años pero los argumentos cambiaron muy poco.
En este caso empezamos difundiendo un video sobre el divorcio en la argentina. Con los mismos ojos de espanto que hoy los sectores conservadores miran al matrimonio gay, hace unos años señalaban al divorcio como la ruptura definitiva de la familia y de los valores que debían ser preservados. Incluso se hablaba del daño que sufrirían los hijos de padres separados, por no contar con el rol paterno y materno permanente y por la discriminación que recibirían del resto de la sociedad. Es increible. Pasaron muchos años pero los argumentos cambiaron muy poco.
Gays refugiados en UK.
Dos hombres gays lograron que la Corte Suprema de UK les otorgue asilo. En sus paises( Camerun e Iran) eran sometidos a persecuciones, maltratos, y obligados a realizar un tratamiento médico para "curarse" la homosexualidad.
Los tribunales inferiores le habían negado el asilo diciendo que estos gays podían evitar las persecuciones y el tratamiendo médico simplemente actuando de manera discreta o en secreto.
La Corte Suprema revertío esa decisión, sostuvo que: "To compel a homosexual person to pretend that his sexuality does not exist or suppress the behaviour by which to manifest itself is to deny his fundamental right to be who he is"
En Iran el castigo por homosexualidad llega hasta la ejecución, en Camerun es de prisión de hasta 5 años.
The UN convention on the status of refugees provides that members of a particular social group, which can include groups with a common sexual orientation, are entitled to asylum ...if they can establish that they would face a well-founded fear of persecution if returned to their home country
Los tribunales inferiores le habían negado el asilo diciendo que estos gays podían evitar las persecuciones y el tratamiendo médico simplemente actuando de manera discreta o en secreto.
La Corte Suprema revertío esa decisión, sostuvo que: "To compel a homosexual person to pretend that his sexuality does not exist or suppress the behaviour by which to manifest itself is to deny his fundamental right to be who he is"
En Iran el castigo por homosexualidad llega hasta la ejecución, en Camerun es de prisión de hasta 5 años.
The UN convention on the status of refugees provides that members of a particular social group, which can include groups with a common sexual orientation, are entitled to asylum ...if they can establish that they would face a well-founded fear of persecution if returned to their home country
martes, 6 de julio de 2010
Aborto!
En España, entró en vigencia hoy la ley que permite abortar. Esta nueva ley permite a las mujeres abortar en las 14 primeras semanas de gestación y hasta la 22 cuando se detecten graves peligros para la salud de la madre o malformaciones en el feto. Además, las jóvenes de 16 y 17 años deberán informar al menos a uno de sus padres o tutores legales su deseo de abortar, salvo que aleguen que esa comunicación les implique “un peligro cierto de violencia familiar, amenazas y coacciones”.
En Argentina, el aborto está prohibido y establece penas de hasta 10 años a quien lo practique (artículo 85 del Código Penal de la Nación)
¿Qué ven diferente los legisladores españoles? ¿Qué marca la diferencia para que en un país abortar este permitido (incluso gratis y practicado por el Gobierno) y en otro prohibído (con 10 años de cárcel)?
Creo que la cuestión fundamental para entender esta diferencia está en determinar si el feto tiene derechos. Es decir, si es o no una persona.
Acá van tres posturas al respecto:
· El feto es una persona desde el momento de la concepción. Toda persona tiene derecho a la vida, por lo tanto el aborto que supone atentar contra la vida del feto es homicidio. El argumento acá es que al fusionarse los núcleos del óvulo y el espermatozoide en el momento de la concepción, el cigoto formado cuenta con el código genético propio de la especie humana.
· Otra postura sostiene que el feto es una persona potencial. Es decir, tiene en sí misma un poder de trasformación que le permitirá, si nada interfiere con su proceso de desarrollo, convertirse en persona. Es la conexión causal con la futura persona real la que dota a la persona potencial de un cierto valor moral.
· Finalmente, otra postura sostiene que para que algo sea persona se le debe poder atribuir predicados psicológicos, estados de conciencia (en el caso del feto esto aparece en la semana 16 cuando se desarrolla su sistema nervioso)
Personalmente no se que postura está bien. No se si la legislación de España está violando derechos (derecho del feto a la vida) o si la legislación argentina esta restringiendo ilegítimamente derechos (el de las madres de disponer de su cuerpo). En el tema del aborto, a diferencia de lo que sucede con la legalización de las drogas o el matrimonio gay, creo que las dos posturas tienen puntos interesantes.
En Argentina, el aborto está prohibido y establece penas de hasta 10 años a quien lo practique (artículo 85 del Código Penal de la Nación)
¿Qué ven diferente los legisladores españoles? ¿Qué marca la diferencia para que en un país abortar este permitido (incluso gratis y practicado por el Gobierno) y en otro prohibído (con 10 años de cárcel)?
Creo que la cuestión fundamental para entender esta diferencia está en determinar si el feto tiene derechos. Es decir, si es o no una persona.
Acá van tres posturas al respecto:
· El feto es una persona desde el momento de la concepción. Toda persona tiene derecho a la vida, por lo tanto el aborto que supone atentar contra la vida del feto es homicidio. El argumento acá es que al fusionarse los núcleos del óvulo y el espermatozoide en el momento de la concepción, el cigoto formado cuenta con el código genético propio de la especie humana.
· Otra postura sostiene que el feto es una persona potencial. Es decir, tiene en sí misma un poder de trasformación que le permitirá, si nada interfiere con su proceso de desarrollo, convertirse en persona. Es la conexión causal con la futura persona real la que dota a la persona potencial de un cierto valor moral.
· Finalmente, otra postura sostiene que para que algo sea persona se le debe poder atribuir predicados psicológicos, estados de conciencia (en el caso del feto esto aparece en la semana 16 cuando se desarrolla su sistema nervioso)
Personalmente no se que postura está bien. No se si la legislación de España está violando derechos (derecho del feto a la vida) o si la legislación argentina esta restringiendo ilegítimamente derechos (el de las madres de disponer de su cuerpo). En el tema del aborto, a diferencia de lo que sucede con la legalización de las drogas o el matrimonio gay, creo que las dos posturas tienen puntos interesantes.
Se obstaculiza el camino del matrimonio gay
El proyecto aprobado por diputados no alcanzó el dictamos de mayoría en el senado. De esta forma pasará a analizarse la propuesta de extender los derechos a la unión civil negandoles a los homosexuales el derecho pleno al matrimonio.
Mientras por parte de la Iglesia se reproducen los argumentos más peyorativos a las personas homosexuales, El País escribe sobre el pacífico, inofensivo y positivo desarrollo que ha tenido el matrimonio de personas del mismo sexo en España hace ya 5 años.
PD: Copiado de Clarín, la lista de senadores a favor y en contra del matrimonio homosexual:
Los votos por el rechazo fueron de:
Del lado favorable al proyecto original, las firmas fueron de Nicolás Fernández, Marcelo Fuentes y Pedro Guastavino (kirchneristas), Elena Coprregido (PJ-Chaco), el cordobés Luis Juez y el kirchnerista Guillermo Jenefes, quien firmó "en disidencia total" porque está en contra.
Mientras por parte de la Iglesia se reproducen los argumentos más peyorativos a las personas homosexuales, El País escribe sobre el pacífico, inofensivo y positivo desarrollo que ha tenido el matrimonio de personas del mismo sexo en España hace ya 5 años.
PD: Copiado de Clarín, la lista de senadores a favor y en contra del matrimonio homosexual:
Los votos por el rechazo fueron de:
Liliana Negre (peronista disidente, presidenta de la Comisión),
Mario Cimadevilla y Ramón Mestre (UCR),
Sonia Escudero (PJ disidente)
, María José Bongiorno (ex kircherista)
, Rolando Bermejo (kirchnerista)
y Adriana Bortolozzi,
una kirchnerista distanciada de su bloque pero que técnicamente aún no se fue. La octava firma sería de uno de los dos radicales que estaban ausentes, José Roldán y José Cano. Las fuentes parlamentarias no lo precisaron aún.Del lado favorable al proyecto original, las firmas fueron de Nicolás Fernández, Marcelo Fuentes y Pedro Guastavino (kirchneristas), Elena Coprregido (PJ-Chaco), el cordobés Luis Juez y el kirchnerista Guillermo Jenefes, quien firmó "en disidencia total" porque está en contra.
lunes, 5 de julio de 2010
Felicitaciones!
viernes, 2 de julio de 2010
Los derechos no se plebiscitan 2
Sé que no es un exceso de originalidad, pero hace unos días titulamos una entrada del blog "Los derechos no se plebiscitan" haciendo referencia a la intención de la Iglesia con respecto al matrimonio gay.
Me alegró escuchar que dos días más tarde Axel Freire, primer conyuge gay del país, usara la misma frase. ¿La habrá sacado de libresoesclavos? Muuuuy probablemente no. Pero mientras el oportunismo siga siendo gratis yo lo voy a seguir consumiendo.
Me alegró escuchar que dos días más tarde Axel Freire, primer conyuge gay del país, usara la misma frase. ¿La habrá sacado de libresoesclavos? Muuuuy probablemente no. Pero mientras el oportunismo siga siendo gratis yo lo voy a seguir consumiendo.
Los gays también trasladan impuestos
Me quedé pensando en la nota final del artículo anterior. Quisiera desarrollarla un poco más.
Un conocido resultado económico nos asegura que es irrelevante sobre quién se fija un impuesto (compradores o vendedores). Ambos terminarán trasladandolo a la otra parte. Por lo que ambos terminarán pagandolo. El razonamiento es el siguiente: si ponemos un impuesto a los vendedores estos intentarán aumentar el precio para no perder dinero. Si ponemos un impuesto a los compradores muchos se negarán a comprar el bien a menos que el precio baje. De esta forma es que independientemente de lo que la ley estipule, el impuesto se terminará repartiendo entre compradores y vendedores. La división de la carga del impuesto no se regirá por las leyes nacionales ni provinciales sino por las leyes de oferta y demanda.
Ahora bien, el artículo en cuestion puede resumirse (y simplificarse) de la siguiente manera:
El gobierno de EEUU cobra a los empleados un impuesto cada vez que éstos reciben su sueldo. Las personas casadas están exentas de pagar parte de ese impuesto (por razones relacionadas a planes de salud, etc). Como el matrimonio homosexual no está reconocido a nivel federal, las parejas homosexuales no están exentas de pagar este impuesto. El resultado final es hay un impuesto que los homosexuales deben pagar cada vez que cobran el sueldo y los heterosexuales casados no.
¿Cómo se relaciona esta historia con la teoría económica de los impuestos? Recordemos que la teoría nos asegura que TODOS los impuestos se trasladan (de comprador a vendedor o viceversa). En este caso deberíamos esperar entonces que los empleados cuyos sueldos son gravados trasladen este impuesto a sus empleadores. En otras palabras, las personas que tienen que pagar el impuesto recibirán un salario más bajo. La forma de trasladarle parte de ese impuesto a los empleadores es negandose a trabajar a menos que reciban un sueldo más alto que los compense (al menos en parte) por la pérdida que el impuesto les genera. Si la teoría es correcta deberíamos observar entonces que, como consecuencia de este impuesto, las personas homosexuales cobran un sueldo más alto que las heterosexuales (sueldo bruto, sin descontar el impuesto). Parece ser una predicción rara... ¡¡¡Pero eso es exactamente lo que sucede!!!!
La noticia es que a partir de ahora Google se sumará a las empresas que decidieron pagar un sueldo más alto a los homosexuales para compensarlos por la pérdida que el impuesto les genera. De esta forma ahora son tanto los empleados gays como las empresas las que soportan la carga del impuesto.
Dos conclusiones:
1) Que lindo es ver como un simple concepto económico nos permite entender la realidad.
2) Que feo es ver como esta política perjudica no sólo a las personas homosexuales que deben pagar el impuesto sino también a las empresas que las contratan (que como vimos terminan cargando también con el tributo). No sería sorprendente observar que si esta legislación no se modifica, con el paso del tiempo las empresas contratarán menos personas homosexuales. No como un acto de discriminación homofóbica sino como el resultado racional ante una medida impuesta por el estado.
Un conocido resultado económico nos asegura que es irrelevante sobre quién se fija un impuesto (compradores o vendedores). Ambos terminarán trasladandolo a la otra parte. Por lo que ambos terminarán pagandolo. El razonamiento es el siguiente: si ponemos un impuesto a los vendedores estos intentarán aumentar el precio para no perder dinero. Si ponemos un impuesto a los compradores muchos se negarán a comprar el bien a menos que el precio baje. De esta forma es que independientemente de lo que la ley estipule, el impuesto se terminará repartiendo entre compradores y vendedores. La división de la carga del impuesto no se regirá por las leyes nacionales ni provinciales sino por las leyes de oferta y demanda.
Ahora bien, el artículo en cuestion puede resumirse (y simplificarse) de la siguiente manera:
El gobierno de EEUU cobra a los empleados un impuesto cada vez que éstos reciben su sueldo. Las personas casadas están exentas de pagar parte de ese impuesto (por razones relacionadas a planes de salud, etc). Como el matrimonio homosexual no está reconocido a nivel federal, las parejas homosexuales no están exentas de pagar este impuesto. El resultado final es hay un impuesto que los homosexuales deben pagar cada vez que cobran el sueldo y los heterosexuales casados no.
¿Cómo se relaciona esta historia con la teoría económica de los impuestos? Recordemos que la teoría nos asegura que TODOS los impuestos se trasladan (de comprador a vendedor o viceversa). En este caso deberíamos esperar entonces que los empleados cuyos sueldos son gravados trasladen este impuesto a sus empleadores. En otras palabras, las personas que tienen que pagar el impuesto recibirán un salario más bajo. La forma de trasladarle parte de ese impuesto a los empleadores es negandose a trabajar a menos que reciban un sueldo más alto que los compense (al menos en parte) por la pérdida que el impuesto les genera. Si la teoría es correcta deberíamos observar entonces que, como consecuencia de este impuesto, las personas homosexuales cobran un sueldo más alto que las heterosexuales (sueldo bruto, sin descontar el impuesto). Parece ser una predicción rara... ¡¡¡Pero eso es exactamente lo que sucede!!!!
La noticia es que a partir de ahora Google se sumará a las empresas que decidieron pagar un sueldo más alto a los homosexuales para compensarlos por la pérdida que el impuesto les genera. De esta forma ahora son tanto los empleados gays como las empresas las que soportan la carga del impuesto.
Dos conclusiones:
1) Que lindo es ver como un simple concepto económico nos permite entender la realidad.
2) Que feo es ver como esta política perjudica no sólo a las personas homosexuales que deben pagar el impuesto sino también a las empresas que las contratan (que como vimos terminan cargando también con el tributo). No sería sorprendente observar que si esta legislación no se modifica, con el paso del tiempo las empresas contratarán menos personas homosexuales. No como un acto de discriminación homofóbica sino como el resultado racional ante una medida impuesta por el estado.
Google y los gaays
En discusiones pasadas más de una vez surgió la pregunta "¿de qué derechos son privadas las personas que no están casadas?". Encontrar una respuesta a esta pregunta es condición necesaria para poder argumentar que los homosexuales están siendo privados de su libertad al negarseles el derecho al matrimonio. Encontrar una respuesta también puede servir para argumentar en contra del matrimonio en general entendiendolo como un instrumento que conduce a restringir los derechos de las personas que no lo contraen. Si para gozar de ciertos derechos es NECESARIO estar casado, entonces tenemos dos opciones posibles (para reformar el status quo en pos de los derechos de las personas):
(1) Eliminamos el REQUISITO de estar casado para gozar de esos derechos.
(2) Eliminamos la figura ESTATAL de matrimonio y de esta forma evitamos que exista como un instrumento para dar lugar a ese requisito.
En fin, este post se titula "Google y los homosexuales" y busca ilustrar un caso en donde las personas que no han contraído matrimonio son privadas arbitrariamente de un derecho.
El artículo en cuestión fue publicado en Clarín. Pueden leerlo haciendo click aquí.
PD: Este artículo también sirve para ilustrar el concepto de la "incidencia del impuesto". Este resultado económico nos asegura lo que la ley dispone sobre quien debe cargar con un impuesto es irrelevante. Todos los impuestos se trasladan en mayor o menor medida. Igual que las empresas trasladan el IVA a los consumidores, en este caso los homosexuales trasladaron el impuesto a las empresas.
(1) Eliminamos el REQUISITO de estar casado para gozar de esos derechos.
(2) Eliminamos la figura ESTATAL de matrimonio y de esta forma evitamos que exista como un instrumento para dar lugar a ese requisito.
En fin, este post se titula "Google y los homosexuales" y busca ilustrar un caso en donde las personas que no han contraído matrimonio son privadas arbitrariamente de un derecho.
El artículo en cuestión fue publicado en Clarín. Pueden leerlo haciendo click aquí.
PD: Este artículo también sirve para ilustrar el concepto de la "incidencia del impuesto". Este resultado económico nos asegura lo que la ley dispone sobre quien debe cargar con un impuesto es irrelevante. Todos los impuestos se trasladan en mayor o menor medida. Igual que las empresas trasladan el IVA a los consumidores, en este caso los homosexuales trasladaron el impuesto a las empresas.
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