jueves, 29 de abril de 2010

¿Qué tienen en común un libertario y un libertario?

Un tal Aaron Powell da una respuesta bastante interesante que pueden encontrar acá.

El resumen, son estos 7 argumentos en los que casi todos los libertarios coincidimos:
  1. Individuals have rights it is impermissible to violate.
  2. The state has grown too large, too powerful, intrudes on too many aspects of our lives, takes too much of our money, and violates many of those rights while doing all that it does.
  3. We would be freer, wealthier, and happier if the state were smaller (and probably much smaller) than it is now.
  4. The engine of wealth creation is not the state but individuals and voluntary groups engaging in free and open competition within a marketplace.
  5. Solutions to problems that rely on harnessing the power of such a marketplace will typically be more effective and efficient than solutions that rely on further intrusion by the state.
  6. The problem of knowledge identified by Friedrich A. Hayek in his essay “The Use of Knowledge in Society” (and later greatly expanded both by him and others) is very real and very problematic for anyone who would like to use coerced collective action (i.e., the state) to solve problems.
  7. “Crimes” that don’t infringe upon the rights of others are not crimes and should not be prohibited by the state. These include pornography, sodomy and homosexual sex, gun possession, drug use, etc.

miércoles, 28 de abril de 2010

Hoy a la mañana, esta encuesta de Infobae despertó mi lado más desesperanzado:

Pero... por la tarde, esta otra de La Nación hizo renacer mi esperanza:

lunes, 26 de abril de 2010

Manual para la legalización, Capítulo 1

Presentamos aquí la primera entrega de esta apasionante colección. Para el bolsillo del drogadicto o la mochila del libertario, un manual ilustrado donde se enumeran detalladamente los argumentos más fuertes e impenetrables a favor de la despenalización de todas y cada una de las drogas en nuestro país.

En esta primera entrega presentaremos un argumento original que nos hará replantearnos la forma en que encaramos el debate. La pregunta que nos haremos es: suponiendo que alguno de los argumentos para prohibir el consumo de drogas fuera realmente legítimo, ¿es coherente la ley actual con este argumento? ¿o la política anti-drogas de nuestro país es acaso el producto de un mero capricho de los sectores conservadores? Todo esto y más en el primer capítulo de este "Manual para la legalización".

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Capítulo 1

Un argumento comunmente escuchado a favor de la prohibición de las drogas nos dice que éstas deberían estar prohibidas simplemente porque "hacen mal". Para poder analizar claramente este argumento, reescribamoslo de forma lógica y ordenada:

1) Las drogas hacen mal
2) El Estado debería prohibir las cosas que hacen mal.
===> 3) El Estado debería prohibir las drogas.


"Las drogas deberían estar prohibidas porque hacen mal."

Numerosos estudios han demostrado que fumar marihuana, inhalar heroína o consumir cocaína efectivamente afectan la salud de nuestro organismo. Dejaré en manos de otros libertarios discutir sobre si el Estado tiene o no el derecho de llevar adelante acciones paternalistas que nos prohiban actuar de cierta forma para preservar nuestra salud. Pero supongamos por un momento que sí tiene este derecho. Supongamos que una de las funciones del Estado realmente fuera cuidar la salud de sus ciudadanos. En ese caso, ¿sería justificable que estas drogas estuvieran prohibídas? Probablemente la respuesta sería SÍ. Pero en ese caso, ¿no deberían prohibirse también tantas otras drogas que, a pesar de haber sido socialmente aceptadas, son tan o más dañinas que las que actualmente se encuentran prohibídas?

Para citar un ejemplo, el LSD (una de las preferidas de Paul) es un alucinógeno creado en 1938 y prohibido en EEUU a partir de la década del 60. Si bien son pocos los estudios que han podido demostrar que esta droga genere un daño real a largo plazo en el organismo, hace más de 40 años que todo consumidor de LSD es considerado un criminal. Por otro lado el consumo de tabaco es una práctica cuyo origen supera los 5.000 años de antiguedad. De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud, unas 100 millones de personas perdieron la vida en el siglo XX producto de esta droga. 100 millones!!!!! Aun así, mientras que la mayoría de los Estados del mundo (sino todos) prohíben el consumo de LSD, ninguno ha prohibído completamente el consumo de tabaco.
Tomemos sino el caso del alcohol que, junto con la Hepatitis B, son los principales causantes de enfermedades hepáticas en el mundo. ¿Es coherente que el Estado permita el consumo de alcohol pero prohiba otras actividades mucho menos nocivas como el consumo de marihuana?  A continuación, les presento un gráfico que utilizaré reiteradas veces en próximas entregas.
Es llamativo notar que el alcohol resulta ser la droga más tóxica de todas, claramente por encima de la marihuana. (el hecho de que sea más adictiva también es llamativo y será tratado más adelante)

Evidentemente, el argumento de que las drogas deberían estar prohibidas simplemente porque "hacen mal" es sumamente inconsisente. Quien defienda esta posición difícilmente pueda resistir preguntas como ¿Debería prohibirse entonces también el cigarrillo?¿Debería prohibirse entonces también el alcohol?
Decir que las drogas deberían estar prohibidas porque "hacen mal" implica también tener que aceptar que el alcohol y el cigarrillo deberían estar prohibidos. Y no sólo prohibidos en el sentido de "prohibido fumar", sino prohibidos, criminalizados y perseguidos de la misma forma que son considerados delincuentes quienes consumen marihuana o LSD.

Cuando ciertos postulados nos llevan a conclusiones que no queremos aceptar, simplemente tenemos que replantearnos los postulados. Quienes no estén conformes con la prohibición total del cigarrillo y el alcohol, deberían pensar dos veces la próxima vez que vayan a decir "las drogas deberían estar prohibidas porque hacen mal".

En la próxima entrega: "Las drogas deberían estar prohibidas porque generan adicción"

domingo, 25 de abril de 2010

Situación de matrimonio homosexual en USA.

Este artículo http://www.derecho.uba.ar/institucional/deinteres/2010_introduccion_levine-a.pdf resume un poco cómo es la situación legal del matrimonio gay en USA.
Es corto, sólo dos páginas. El último párrafo de la pag 1 es un claro ejemplo de la tiranía de las mayorias, muy interesante.

viernes, 23 de abril de 2010

Igual que you tube, el Congreso no cambia.

En 1987 se debatía en el Congreso la "Ley de Divorcio". El debate en el parlamento se retrasó mas de 10 meses y la sociedad (medios de comunicación, debates de café, actividad académica) centraba su atención con argumentos a favor y en contra del proyecto que permitiría disolver legalmente el matrimonio. La voces en contra "argumentaban" :

"Existe un auge de elementos sociales negativos que atacan y vapulean las células básicas de la sociedad, como la familia".
"El divorcio, entre otras cosas, aumenta la delincuencia juvenil, como lo demuestran los estudios efectuados en los Estados Unidos, donde el 90 por ciento de los delincuentes juveniles son hijos de padres divorciados".
"El vínculo matrimonial no puede ser sino perpetuo. Hablar de un vínculo disoluble o revocable es sencillamente imposible."
Particularmente ,la Iglesia Católica había intensificado su campaña contra el proyecto, que, se afirmaba, vendría a destruir para siempre la familia tal como se la conocía. Los opositores a la sanción de la ley también argumentaban que habilitar el divorcio vincular era un estímulo para que las parejas se divorciaran.

Hoy, 23 años después , las mismas "razones" son las que no permiten que se dejen de violar los derechos de los homosexuales.

5 años de YouTube, y que poco cambiaron las cosas

Hoy se cumplen 5 años del primer video subido a YouTube.
Era uno de animales.
5 años despues, la temática no cambió mucho. Aunque nadie puede negar que la calidad mejoró considerablemente.



23 de abril de 2005


23 de abril de 2010

Despertar de Primavera


Hace unos días fui a ver la obra Spring Awakening. A todo aquel que adhiera a las opiniones que expresamos en este blog, se la recomiendo fuertemente. A todo aquel que sienta rechazo por nuestras ideas, las considere ridículas, anarquistas utópicas o descabelladas, le imploro que no se la pierda.

El musical está basado en una obra escrita hace más de 100 años. Aún así, es sorprendente ver como los ejemplos de represión sexual, adoctrinamiento moral y censura que hace un siglo ya levantaban gritos de indignación, todavía hoy siguen estando presentes en algunos sectores de nuestra sociedad.

La adaptación de la obra al castellano neutro es ridícula al punto de la risa. Haciendo esa salvedad, la recomiendo.

miércoles, 21 de abril de 2010

Sobre la Iglesia y el mal alterable de la privación de derechos

Parecería ser que la Iglesia, después de atender temas menores como las numerosas acusaciones por pederastia o la negación del Holocausto, aún tiene tiempo para dedicarse a aquellos asuntos que realmente tormentan la vida de los hombres impidiendoles vivir armónicamente en sociedad. Me refiero, por supuesto, al hecho de que algunas nenas se sientan atraídas por otras nenas y, algunos hombres prefieran manifestar su amor a través de la compañía voluntaria de alguien del mismo sexo, a quien no superan en 50 años de edad.
El episcopado argentino se reunió hace dos días y público un documento titulado "Sobre el bien inalterable del matrimonio y la familia".

Hace unos días plantee el problema de si era posible concebir un argumento contra el matrimonio homosexual que no se apoyara en la moral individual o religiosa como verdad absoluta. Con sólo leer el título, el hecho de afirmar que existe un "bien inalterable", perdoneme Padre, pero lo descalifica por completo del concurso en cuestión. Siga participando...

Si bien me gustaría escribir ampliamente cuestionando cada uno de los puntos que este documento incluye, me limitaré por cuestiones de tiempo a remarcar cuál es, a mi entender, su mayor error.
Quienes estén familiarizados con la teoría filosófica conocerán el término de falacia naturalista. Esta concepto, atribuído comunmente a David Hume (distinto de Desmond Hume), se refiere a la imposibilidad de justificar aserciones factuales a partir de aserciones morales. En términos menos rebuscados, que algo "sea así", para nada implica que "deba ser así". El hecho de que el matrimonio hoy en día sea entre personas de distinto sexo, no implica que deba ser así, o que esta es la forma éticamente correcta de concebir el matrimonio.

"[...]La unión de personas del mismo sexo carece de los elementos biológicos y antropológicos propios del matrimonio y de la familia.[...]"

Nuevamente, el episcopado comete aquí un error al presentar un argumento que es claramente tautológico. Por supuesto que la unión de personas del mismo sexo carece del elemento biológico del matrimonio! Pero eso es así únicamente si definimos al matrimonio en términos de la unión de personas del sexo opuesto que por lo tanto pueden procrear.
En otras palabras, lo que la Iglesia está diciendo aquí es: "YO defino al matrimonio como la unión de personas de sexo opuesto. Damián y Jorge comparten el mismo sexo. Por lo tanto, de acuerdo a MI definición, no pueden conformar un matrimonio". Pero este argumento lo único que hace es probar que, si definimos al matrimonio en terminos de hombre-mujer, entonces hombre-hombre o mujer-mujer no entran en dicha definición. ¿Tanto palabrerío y alabanza de los principios divinos era necesaria para no decir absolutamente nada?
Lo que la Iglesia no entiende (o entiende pero quiere evitar), es que lo que aquí está cuestionandose no es si bajo la presente definición del matrimonio dos hombres deberían poder casarse. Lo que las personas libres piden a gritos, es que la definición del matrimonio sea reformulada, eliminando las bases biológicas o religiosas que la sustentan para reemplzarlas por fundamentos liberales que respeten los derechos de cada ciudadano.

lunes, 19 de abril de 2010

Una de cal, una de arena.

Sinceramente no se si la de cal es buena y la de arena mala o es al revés, pero la cuestión es que hubo algo malo y algo bueno (en principio).
Ante las tiranías de la mayoría que mencionamos (segregación racial,antisemistismo) se buscaron soluciones para reparar el daño causado a estas minorías.
El cambio en la composición de la mayoría que toma las decisiones , o bien la reflección de la mayoría que tomó la decisión pasada , llevo en varios casos a pasar de la discriminación negativa a la positiva.
De esta manera, aquellos grupos desventajados en el pesado son ahora "beneficiarios" de acciones afirmativas. Mediante regulaciones imperativas, los Estados han decidido tomar partido por los grupos desfavoridos y obligar a la sociedad a reparar la historia. Por ejemplo: Las universidades tienen que aceptar (obligatoriamente) un estudiante negro cada 9 blancos. Las listas de los partidos politicos tienen que tener (obligatoriamente) una mujer entre los candidatos.

Si bien la intención de la acción afirmativa es sensata, los medios utilizados no me convencen. Utilizar la imposición mayoritaria por sobre los derechos indiviuales , justamente para reparar los daños que hizo la mayoria a la minoría, es como mínimo, paradójico. El Estado no debe valorar , ni negativa ni positivamente, a un grupo sobre otro. Es tan inmoral para un Estado segregar a los negros y asi favorecer a los blancos, como integrar a los negros para favorecer a los negros mísmos. Lo malo de la intervención estatal no es sólo el daño a ciertos grupos, sino tambien el favoritismo a otros. Un Estado debe ser neutral, debido a que si ejerce un juicio de valor cae inevitablemente en el perfeccionismo. Es decir, le impone a sus cuidanos un modelo de vida a seguir.

La tiranía de las mayorías

Agradezco a Clarín por esta valiosa pieza de información que resume la opinión popular:

Ahora bien, quienes crean que tan abrumante mayoría es justificativo suficiente para imponer restricciones sobre quienes inofensivamente quieran pasear en moto con su compañero/a por la ciudad de Buenos Aires, tal vez deberían replantearse el legítimo alcance de las decisiones mayoritarias.
Para ayudarlos en dicha tarea, les planteo algunas encuestas que si bien nunca fueron efectivamente realizadas y cuyos resultados son simplemente un ejercicio teórico, los mismos distan de ser inverosímiles.

Alemania, 1940
¿Está de acuerdo con que la población judía de Varsovia sea confianada a áreas especiales de vivienda denominadas "Guettos"?
Sí: 81%
No : 19%

EEUU, 1913
¿Está de acuerdo con que las personas negras deban utilizar bancos especialmente señalizados en las plazas?
Sí: 70%
No: 30%

Sudáfrica, mayo de 1948
¿Está de acuerdo con prohibir los matrimonios mixtos entre blancos y negros y prohibir las agrupaciones gremiales de personas negras?
Los resultados, en este caso, no requieren de mi creatividad. La historia me ha ahorrado ese trabajo.

El fraude de Vulcano

Es difícil emitir una opinión referida a la erupción del volcán Eyjafjalla que sea tan original y llamativa como esta. Aun así, vamos a pelear por el segundo puesto en un combate que no presenta demasiados contrincantes.

Desde antes de Pompeya y la erupción del Vesubio hasta el día de hoy, los volcanes han sido tormentosa manifestación de la naturaleza. Sin embargo, es importante distinguir aquellos casos en donde la impotencia del hombre se encuentra con la fuerza de la naturaleza de aquellos en los cuales es la omniprescensia del Estado la que somete al ciudadano indefenso. Mientras que la historia se encuentra repleta de erupciones volcánicas que alimentan los ejemplos del primer caso, la situación de parálisis aeronáutica en Europa es llamativa por ser de las pioneras en una nueva acepción de la palabra catástrofe, en la cual el Estado y sus regulaciones han encontrado en la Naturaleza un aliado incondicional.

¿En qué momento la anticipada explosión de un volcán que implicó la evacuación de sólo 500 personas terminó por afectar de manera drástica a 7 millones? ¿Por qué motivo un fenómeno natural en uno de los países con menor densidad poblacional del mundo se convirtió en una catastrofe semejante al 11-S? La respuesta puede resumirse en una palabra: regulación.
¿Era realmente necesario paralizar por completo la actividad aeronáutica durante más de una semana en toda Europa?
Si bien no estoy en condiciones de afirmar con seguridad en qué medida volar entre la nube de cenizas hubiera constituído una actividad suficientemente peligrosa como para ser prohibida, debe reconocerse que en este aspecto la evaluación no es unánime. Y habiendo reconocido la aceptable controversia  la hora de evaluar riesgos, la pregunta es: ¿debería ser el Estado quien se hace cargo de determinar quién debe asumir el riesgo de llevar adelante cierta actividad, o debería ser precisamente quién incurre en dicho riesgo?
¿Hubiera sido aceptable acaso si el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires prohibía a todos los automovilistas circular por la calle el día Domingo entre las 20hs y las 21hs para evitarles los riesgos del granizo? Yo creo que no.

Queda librado a la subjetividad de cada uno encontrar respuesta a estas preguntas. Sin embargo, quien se pronuncie en forma afirmativa a favor de la intervención paternalista no puede dejar de reconocer que la erupción volcánica no implica por sí sola el caos que Europa ha vivido en las últimas semanas. De no haberse prohibido por completo los vuelos en estos últimos días, más de un viajante hubiese decidio asumir el riesgo de volar estando dispuesto a soportar él mismo las posibles consecuencias. Y más de una empresa hubiese estado dispuesta a proveer ese vuelo, probablemente previa firma de un contrato que la desligue de las eventualidades responsabilidades (contrato que, por definición, hubiese contado con el consentimiento de ambas partes). Si los gobiernos hubisen permitido llevar adelante esos vuelos, quienes decidieron viajar sin duda hubiesen sido más felices al haberseles permitido llevar adelante su voluntad. También se habrían beneficiado las aerolíneas que tomaban la decisión de realizar esos vuelos. ¿Quién se hubiese perjudicado entonces? Si pudiera contestar esa pregunta, no estaría escribiendo este post. 

viernes, 16 de abril de 2010

Viska Catalunya!!

Soy fanático de las tapas, me gusta la paella y también el Barcelona. Pero por sobre todas las cosas soy un fiel defensor de la libertad. La libertad de las personas de ejercer su voluntad sin dañar a otros. Y sucede que de esa libertad se desprende el principio de la autonomía. Este termino proviene del griego αὐτονομία que significa "ley propia". La autonomía por lo tanto, implica la capacidad de ser uno su propio legislador. Y no sólo eso, sino que en tanto y en cuanto la autonomía o la libertad de otra persona no esté siendo afectada, la autonomía nos convierte a todos nosotros en legisladores, jueces e incluso abogados de nuestra propia conducta.

Pero volviendo a temas más atractivos como la comida catalana o Las Ramblas...¿qué tiene que ver el hecho de creer en la libertad y la autonomía con el lema independentista catalán? Sucede que de ser realmente libres los catalanes y de contar con autonomía propia como individuos, esta autonomía los convertiría, casualmente, ¡en un estado AUTONOMO! Y no me refiero a la autonomía piadosa de la que gozan las regiones españolas. Me refiero a autonomía en el verdadero sentido de la palabra, la autonomía como individuos de sancionar su "ley propia" y, si así lo decidieran, de extender esta "ley propia" a formarse como un estado separado del resto de España. ¿Qué derecho tiene Raúl a esclavizar a Xavier obligandolo a formar parte, contra su voluntad, de una sociedad a la que él se siente ajeno? ¿qué derecho tiene Iker de violar la autonomía de Pep? Ninguno.

Es por eso, y porque nos gustan la Barceloneta, Razzmatazz y la Pompeu Fabra que decimos ¡Visca el Barca, y visca Catalunya!

Ley de casamiento homosexual

De acuerdo al dictamen de diputados, el proyecto de ley será tratado la semana próxima.
¿Qué argumentos esbozarán los sectores conservadores y ultra-ortodoxos para seguir privando a los individuos de sus derechos y libertades?
Me resulta inconcebible que aun en el siglo XXI este tema siga generando controversias. Me animo a decir que la privación de plena libertad que las mayorías han impuesto a los homosexuales en la sociedad "moderna" es en sí el obstáculo cultural más grande que no hemos podido superar.
Espero con ansias el momento, dentro de 40 años tal vez, en que mirando hacia atrás nos genere asombro e indignación esta anacrónica prohibición, semejante sólo a las leyes de segregación de mediados de siglo pasado.

Planteo el siguiente problema. ¿Es posible formular un argumento coherente contra el matrimonio homosexual que no se apoye en la moral individual o religiosa como verdad absoluta?

sábado, 10 de abril de 2010

Dos mujeres se casaron por primera vez en la Argentina

Norma Arévalo y Ramona Castillo, ambas de 67 años, se casaron en un registro civil porteño y se convirtieron en la primera pareja de lesbianas que contrajeron matrimonio en Argentina, tras dos bodas ya celebradas entre hombres en el país.


Mientras que en algunos países la parejas del mismo sexo han obtenido el reconocimiento de ciertos derechos, los cristianos ultra conservadores se oponen sosteniendo que permitir el matrimonio gay implica la destrucción de los valores tradicionales y una amenaza a la integridad moral de las naciones al punto que algunos llegan a oponerse a los términos del matrimonio secular vigente.
Se trata de confundir la línea entre matrimonio civil y matrimonio religioso, tratando de convencer a la sociedad que se trata de una misma cosa: “el matrimonio tradicional” que debe ser protegido de las pretensiones homosexuales. Y en tal sentido, intentan “vender” una versión distorsionada de la verdadera historia del matrimonio en el mundo occidental cristiano enseñando que desde su comienzo ha sido siempre una institución de “carácter sagrado”. La realidad es que la palabra matrimonio no tiene connotaciones ni sagradas y mucho menos religiosas. Su raíz viene de un término del latín relativo a la autoridad civil en la Roma antigua.

El matrimonio es un instituto más del sistema jurídico. Es lo mismo que una sociedad anónima. En el matrimonio dos personas prestan su consentimiento de llevar a cabo una vida en común y el derecho, al registrar tal consentimiento, les impone a las partes derechos y obligaciones como por ejemplo debito conyugal, fidelidad, régimen de bienes, etc. El matrimonio no tiene nada de “natural”, si bien es un sacramento de la religión católica, y eso es respetable, el derecho no debe tomar partido por ningún culto.

Sin embargo, el artículo 172 del Código Civil de la República Argentina (CC) prescribe que para que el matrimonio se considere existente es requisito necesario que se trate de personas de diferente sexo, es decir que sea la unión de un hombre y una mujer.

Se ha sostenido que tal norma no discrimina a gays debido a que ellos se pueden casar. La prohibición sólo se refiere a que no pueden casar entre ellos.
Claramente este artículo vulnera la autonomía personal de los homosexuales, restringiendo sus opciones, es decir, obstaculizando sus planes de vida.
Supongamos que el Estado prescribe que los musulmanes y los católicos pueden gozar del mismo grado de libertad de religión debido que ambos pueden practicar la religión católica. Claramente, este argumento es erróneo. Los católicos gozaran mayor grado de religión porque pueden practicar su religión. De la misma manera, aun cuando la ley argentina permita a los homosexuales casarse, ellos son menos libres porque si quieren casarse deben dejar de lado su orientación sexual.
La constitución establece que las acciones privadas de los hombres están exentas de la intervención estatal en tanto no dañen a terceros, por lo tanto si el estado interfiere sólo fundándose en sus preferencias, sin que haya terceros dañados, se vulnera el articulo 19 de la Constitución Nacional.

El artículo 172 CC no sólo viola el artículo 19 de la Constitución Nacional al vulnerar la autonomía personal, sino que también es inconstitucional por violar el artículo 16 CN. Es claro que la distinción que realiza el legislador es arbitraria. Les da derechos a unos (heterosexuales) y se los veda a otros (homosexuales) solamente basándose en concepciones tales como tradición, deseos mayoritarios y orientación sexual. Por lo tanto, la diferenciación que hace la ley viola la igualdad

Se ha argumentado que se debe mantener la prohibición del matrimonio homosexual, diciendo que tal prohibición refleja nuestros valores principales. Prohibir el matrimonio homosexual, es parte de nuestras creencias sociales y culturales, por ejemplo, acorde a tales valores una pareja del mismo sexo, no califica como familia.
Desde otro punto de vista, si bien los valores prevalecientes, son los mayoritarios, la protección constitucional, esta dirigida a proteger los derechos individuales. El objetivo de una Constitución liberal, es proteger esos derechos individuales que pueden llegar a ser discriminados por no coincidir con aquellos valores mayoritarios. Como señaló John Hart Ely, una ley es la expresión de la mayoría, es decir el congreso para promulgar una ley debe alcanzar cierta mayoría. Por lo tanto, siempre las leyes reflejaran los valores prevalecientes de una sociedad. Si esto es así, el juez no debe rechazar el pedido de inconstitucionalidad de una ley sólo por el hecho que la ley sea acorde a los valores mayoritarios, porque esto siempre será así. Lo que debe hacer el juez es ver si esos valores vulneran derechos individuales. Si el juez dice “esta ley es constitucional porque es acorde a los principios mayoritarios”, el juez estaría incurriendo en dos falacias. Por un lado, su argumento seria circular, es decir la conclusión esta en las premisas. Esto es lo mismo que decir “la ley es constitucional porque refleja valores mayoritarios, pero para que sea ley tiene que reflejar valores mayoritarios” aquí se ve que el juez presupone la conclusión
Por otro lado, el juez al decir “la sociedad lo quiere así y por lo tanto debe ser así” esta incurriendo en la falacia naturalista. Existe un pasaje del “ser” al “deber ser” que no es legitimo. Como lo sostuvo David Hume, que un hecho sea de determinada manera, no significa que deba ser de esa manera. Es decir que la sociedad acepte cultural y socialmente a las parejas heterosexuales y rechace a las homosexuales no implica que esto deba ser así.

Tener un artículo como el 172 CC viola la Constitución (art 16 igualdad, art 19 acciones privadas). El Estado, una vez mas, a través de sus leyes, se esmera por interferir en los planes de vida de los individuos. Dicta una filosofía moral a seguir y descarta las elecciones individuales, negando derechos o considerando delito lo que no coincida con el concepto de buena vida de un legislador perfeccionista.

viernes, 9 de abril de 2010

PLANES DE VIDA Y EL FRENO DEL ESTADO

Art. 14 de la ley 23737:


"Será reprimido con prisión de uno a seis años y multa de ciento doce mil quinientos a dos millones doscientos cincuenta mil australes el que tuviere en su poder estupefacientes.
La pena será de un mes a dos años de prisión cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, sugiere inequívocamente que la tenencia es para uso personal”.


Este artículo viola dos principios básicos de cualquier ESTADO DE DERECHO.

Principio del acto: la pena sólo debe estar dirigida a las acciones, no a la calidad del autor . La raíz constitucional del principio se encuentra amparado en: A) el Art. 18 CN, “(…) sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho. No es compatible con una sociedad liberal penar a alguien por su mera condición. Por ejemplo penar por ser judío, ser comunista, o ser “falopero”.

Principio del daño: establece un patrón moral de aquellas acciones que pueden ser reforzadas con castigo. Una acción puede ser perseguida por el Estado cuando es pública, cuando viola el principio del daño, cuando se castiga a quien menoscaba los intereses de un tercero. Como señala Nino, el Estado liberal se compromete a respetar el principio de autonomía de las personas, que proscribe interferir con la libre elección y materialización de ideales de excelencia humana y planes de vida por parte de los individuos. El Estado no puede (como se ha hecho en periodos de nuestra historia) imponer a sus ciudadanos una religión, obligar ir a misa o como ahora se pretende, el Estado no puede decir “si te drogas te encierro”, ese es claramente una violación al principio de autonomía, a la esfera de soberanía que le corresponde a cada individuo. Es menester recordar una idea de Robert Nozik, quien escribe que los seres humanos no somos partes constitutivas de una “megaempresa” llamada Estado, y que por ende no debemos subsumirnos ciegamente a la autoridad estatal.




El Cuento del Esclavo


Considera la siguiente secuencia de casos, la cual llamaremos “El Cuento del Esclavo”. Imagina en todo momento que el esclavo al cual se refiere, eres tu.
1.     Hay un esclavo completamente sometido a la voluntad y los caprichos de su brutal amo. El amo lo golpea regularmente, lo maltrata, lo despierta a la mitad de la noche, etc.
2.     El amo es más bondadoso y solo golpea al esclavo cuando este incumple claramente sus tareas (no completa el trabajo encomendado, etc.). El amo le otorga al esclavo cierto tiempo libre.
3.     El amo tiene un grupo de esclavos y decide en buenos términos de qué forma las cosas son asignadas entre ellos, tomando en consideración sus necesidades, sus meritos, etc.
4.     El amo le otorga a sus esclavos cuatro días libres y requiere que trabajen en su tierra sólo tres días por semana. El resto del tiempo es suyo.
5.     El amo le permite a sus esclavos ir a trabajar en la ciudad (o donde ellos deseen) y recibir un salario. Les exige únicamente que le envíen de vuelta tres séptimos de sus salarios. Además, se reserva el poder de llamarlos a la plantación en caso en que una emergencia amenazara la tierra así como también de subir o bajar la cantidad que deben entregar del salario requerido. Al mismo tiempo, el amo retiene el derecho de prohibir a los esclavos ciertas actividades peligrosas que puedan afectar sus ganancias económicas como escalar montañas o fumar.
6.     El amo le permite a sus 10.000 esclavos, menos a ti, votar y las decisiones son tomadas en conjunto por todos ellos. Existe una discusión abierta entre ellos y son ellos los que tienen el poder de determinar qué usos se le dará a cualquiera sea el porcentaje de tus (y sus) ganancias que decidan tomar, así como también cuáles serán las actividades legítimamente prohibidas.
Hagamos aquí una pequeña pausa. Si tu amo hiciera un contrato de transferencia de poder que no pudiera revertir, entonces tendrías un cambio de amo. Ahora tienes 10.000 amos en lugar de solo uno o, en otras palabras, tienes un amo con 10.000 cabezas. Es posible que 10.000 sean incluso más amables que el amo bondadoso del caso 2.  Aun así, son tus amos. Sin embargo, eso no es todo. Un solo amo amable (como en el caso 2) puede permitir a su/s esclavo/s opinar e intentar persuadirlo de que tome ciertas decisiones. El amo de 10.000 cabezas también puede hacer esto…
7.     Si bien sigues sin tener la libertad de votar, tienes la libertad (y se te garantiza el derecho) de entrar en la discusión de los 10.000 e intentar convencerlos de que adopten distintas políticas y que te traten a ti y a ellos de cierta forma. Luego ellos votan y deciden sobre las distintas medidas dentro de su amplio rango de poderes.
8.     Como reconocimiento por tus útiles contribuciones, los 10.000 te permiten ahora votar en caso en que estuvieran estancados; ellos se comprometen a este procedimiento. Luego de la discusión, escribes tu voto en una hoja y ellos votan. En la eventualidad que quedasen empatados sobre cierto asunto, 5.000 contra 5.000, miran tu voto y lo cuentan. Esto nunca ha sucedido hasta ahora; nunca han tenido al necesidad de observar tu voto. (Un único amo también podría comprometerse a dejar decidir a su esclavo sobre algo tema sobre el cuál él estuviera absolutamente indiferente)
9.     Tu voto es incluido junto al de ellos. Si la votación está empatada, entonces tu voto es el que define. De otro modo, tu voto no cambia el resultado de la elección.
La pregunta es: ¿en qué transición de los casos 1 a 9, este relato dejó de ser “El Cuento del Esclavo”?
Este cuento figura en el libro "Anarchy, State and Utopia" de Robert Nozick como "The Tale of the Slave"